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Autorización de Entidades de Dinero Electrónico

Autorización EDE

Código de trámite: ES_BDE_C462_P221

Según la Ley 21/2011, corresponde al Banco de España autorizar la creación de una entidad de dinero electrónico.

Público objetivo:
Empresas y profesionales Instituciones financieras

Avisos

Los formularios que se encuentran a disposición de los solicitantes, que son de uso obligatorio, deberán presentarse debidamente cumplimentados y acompañados de la documentación requerida.

Las personas jurídicas y demás sujetos obligados deberán presentar su solicitud mediante registro electrónico. La personas físicas podrán presentar también su solicitud de forma presencial o por correo postal, si bien se recomienda el uso del registro electrónico.


Palabras Clave

  • Autorización de entidades de dinero electrónico
  • Entidades de dinero electrónico
  • Emisión de dinero electrónico

Última actualización: 15/09/2025