El Registro de Altos Cargos del Banco de España no es un registro de acceso público, sino un registro funcional directamente vinculado al ejercicio de la función supervisora legalmente encomendada al Banco de España. La información obrante en el mismo, tiene carácter reservado.
Serán objeto de inscripción en el Registro de Altos Cargos los miembros del órgano de administración, directores generales o asimilados (“Altos Cargos”), de las siguientes entidades cuyo domicilio social se encuentre en España, según la obligación normativa aplicable al tipo de entidad en la que ocupen el cargo: Bancos, Cajas de Ahorros, Cooperativas de Crédito, Sociedades Financieras (Mixtas) de Cartera, Establecimientos Financieros de Crédito, Entidades de Dinero Electrónico, Entidades de Pago, Sociedades de Tasación, Sociedades de Garantía Recíproca, Sociedades de Reafianzamiento.
Por razones supervisoras, también serán objeto de inscripción los miembros del órgano de administración, administradores, directores generales o asimilados, del Instituto de Crédito Oficial y de los Titulares de Establecimientos de Compra Venta de Moneda Extranjera.
Asimismo, serán objeto de inscripción los directores o representantes legales de las Sucursales de Entidades Supervisadas Extranjeras, de acuerdo con la normativa aplicable a cada una de ellas.
En el caso de las Entidades de Pago y Entidades de Dinero Electrónico, se inscribirán los administradores y los directores generales responsables de la gestión y de la prestación de los servicios de las citadas entidades.
Cuando el miembro del órgano de administración sea una persona jurídica, se inscribirá también a su representante persona física.
También serán objeto de inscripción los cargos adicionales ostentados por los Altos Cargos de las Entidades de Crédito, los Establecimientos Financieros de Crédito y las Sociedades Financieras (Mixtas) de Cartera, siempre que su volumen total de activos a nivel individual sea superior a 10.000 millones de euros a la fecha de cierre de los dos ejercicios inmediatamente anteriores, conforme a lo establecido en la Norma 34 ‘Régimen de incompatibilidades’ de la Circular 2/2016, de 2 de febrero, del Banco de España, a las entidades de crédito, sobre supervisión y solvencia, que completa la adaptación del ordenamiento jurídico español a la Directiva 2013/36/UE y al Reglamento (UE) n.º 575/2013.
No se inscribirán en el Registro de Altos Cargos del Banco de España las reelecciones en cargos ya inscritos, los cambios de numeración en vocalías y vicepresidencias, los cargos en comisiones delegadas del consejo de administración para ningún tipo de entidad supervisada, independientemente de las actuaciones propias de otros Registros Oficiales. No resultará necesario su comunicación por parte de las Entidades puesto que dichas circunstancias no tendrán ya reflejo en el Registro de Altos Cargos del Banco de España.
En el presente proceso se recogen los siguientes tipos de trámite:
Alta inicial del cargo en la entidad supervisada: Trámite necesario para que una persona física o jurídica sea inscrita como Alto Cargo de una entidad supervisada. Cuando resulte preceptivo, deberá haberse resuelto el proceso administrativo de evaluación de idoneidad correspondiente para entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito o para el resto de entidades supervisadas.
Baja del cargo en la entidad supervisada: Trámite necesario para que una persona física o jurídica deje de constar inscrita como Alto Cargo de una entidad supervisada.
Variación del cargo en la entidad supervisada: Trámite necesario para anotar el cambio de cargo de una persona física o jurídica ya inscrita como Alto Cargo en la entidad supervisada. Cuando resulte preceptivo, deberá haberse resuelto el proceso administrativo de evaluación de idoneidad correspondiente para entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito o para el resto de entidades supervisadas.
Altas/bajas y variaciones de cargos adicionales del alto cargo: trámite necesario para anotar el alta o la baja de un cargo adicional de un alto cargo ya inscrito en la entidad supervisada, así como los cambios que afecten a la categoría del cargo adicional (cuando pase de tener funciones no ejecutivas a ejecutivas o viceversa).
Modificación de datos identificativos del alto cargo: trámite necesario para actualizar algún dato relativo a la identidad, documento de identificación o domicilio del alto cargo.
Para todos los casos de solicitud de inscripción será precisa la remisión del “FDU-145 Formulario de Registro de Altos Cargos de Entidades de Crédito, Sociedades Financieras (Mixtas) de Cartera y Establecimientos Financieros de Crédito (RAC01)” o bien del “FDU-146 Formulario de Registro de Altos Cargos del resto de Entidades Supervisadas (RAC02)”, debidamente cumplimentados y firmados, disponibles en el apartado “Tramitación”.
Trámite para: Entidades Supervisadas
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