Los registros del Banco de España contienen datos identificativos e información sobre el ámbito de actuación de las entidades supervisadas por el Banco de España o por el Banco Central Europeo, en el marco del Mecanismo Único de Supervisión.
La información sobre las entidades existentes en cada Registro se puede consultar en la página de Registros de Entidades y de Registro de Agentes de la web del Banco de España.
Con carácter previo a la inscripción en los Registros Oficiales a cargo del Banco de España, las entidades deberán realizar el correspondiente trámite de autorización o de verificación del cumplimiento de los requisitos para poder obtener la inscripción, ante el organismo que reglamentariamente esté establecido, en función del tipo de entidad del que se trate.
Para que sea tramitada la inscripción en el Registro, las entidades deberán aportar la documentación que se concreta en el aparatado de “Documentación necesaria”.
Concluidos los trámites de inscripción, ésta se comunicará a la entidad, publicándose finalmente en la web del Banco de España.
Trámite para: Entidades supervisadas y aquellas obligadas por la legislación vigente.