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Declaración de transacciones económicas con el exterior por los proveedores de servicios de pago

Declaración DTE

Código de trámite: ES_BDE_C16A_P138

De acuerdo con la Circular 1/2012, los Proveedores de Servicios de Pago deben remitir al Banco de España información relativa a cobros y pagos transfronterizos de su clientela, abonos y adeudos en cuentas de clientes no residentes y envíos o recepciones de billetes y moneda metálica con sus corresponsales extranjeros.

Público objetivo:
Instituciones financieras

Avisos


Palabras Clave

  • Proveedores de servicios de pago
  • Transacciones económicas con el exterior
  • Declaración DTE

Última actualización: 15/09/2025