El Banco de España es competente para iniciar, tramitar y elevar al Banco Central Europeo una propuesta de revocación de la autorización.
La renuncia a la autorización concedida para ser entidad de crédito deberá ser comunicada por la entidad de crédito al Banco de España, que la aceptará expresamente a menos que existan razones fundadas para considerar que la cesación de actividad puede ocasionar riesgos graves a la estabilidad financiera.
El Banco de España elevará al Banco Central Europeo una propuesta de revocación de la autorización cuando la entidad de crédito renuncie a la autorización concedida, o bien denegará expresamente la renuncia.
Trámite para: Entidades de crédito españolas y aquellas obligadas por la legislación vigente.