Se disponen los trámites para, con carácter previo a su inscripción en el Registro de Altos Cargos, obtener la preceptiva evaluación por parte del Banco de España de los requisitos de idoneidad de los altos cargos de las entidades supervisadas pertenecientes a alguna de las siguientes categorías: Entidades de Dinero Electrónico, Entidades de Pago, Entidades prestadoras del servicio de información sobre cuentas, Sociedades de Tasación, Sociedades de Garantía Recíproca, Sociedades de Reafianzamiento, Titulares de Establecimientos de Compra Venta de Moneda Extranjera.
Asimismo, el presente proceso es también aplicable a los directores de las sucursales de las entidades de dinero electrónico que sean extranjeras y no autorizadas en un país de la Unión Europea, siempre que sean los máximos responsables de determinar de modo efectivo la orientación de dichas sucursales.
Este proceso establece los trámites preceptivos relativos a las evaluaciones de idoneidad realizadas por la autoridad competente a iniciativa de las entidades supervisadas:
- Con motivo del nombramiento de un nuevo alto cargo.
- Con motivo de la presencia de indicios fundados que puedan haber afectado a los requisitos de idoneidad de uno de sus altos cargos en funciones, como la existencia de un nuevo procedimiento judicial, o un concurso de acreedores. Deberán entenderse comprendidos dentro de este supuesto aquellos cambios sustanciales en las funciones de un alto cargo ya inscrito en los Registros de altos cargos del Banco de España, tales como: el nombramiento de un consejero como presidente o consejero delegado, el cambio de no ejecutivo a ejecutivo, o un aumento significativo del número de cargos del candidato, entre otros.
Trámite para:
- Entidades supervisadas por el Banco de España: Entidades de Dinero Electrónico, Entidades de Pago, Entidades prestadoras del servicio de información sobre cuentas, Sociedades de Tasación, Sociedades de Garantía Recíproca, Sociedades de Reafianzamiento, Titulares de Establecimientos de Compra Venta de Moneda Extranjera.
- Directores de las sucursales de las entidades de dinero electrónico que sean extranjeras y no autorizadas en un país de la Unión Europea (máximo responsable).