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Concesión de créditos, avales y garantías a los miembros del consejo de administración o a los directores generales o asimilados

Créditos altos cargos

Código de trámite: ES_BDE_C056_P117

Solicitud de autorización para la concesión de créditos, avales y garantías a los miembros del consejo de administración o a los directores generales o asimilados de las EMS.

Público objetivo:
Instituciones financieras

Avisos

a) Esté amparada en los convenios colectivos concertados entre la entidad de crédito y el conjunto de sus empleados.

b) Se realice en virtud de contratos cuyas condiciones estén estandarizadas y se apliquen en masa y de manera habitual a un elevado número de clientes, siempre que el importe concedido a una misma persona, a sus familiares de hasta segundo grado o a las sociedades en las que estas personas ostenten una participación de control igual o superior al 15 por ciento, o de cuyo consejo formen parte, no exceda de 200.000 euros.

 

No tendrán la consideración de créditos, avales y garantías las operaciones transitorias, como descubiertos en cuenta o saldos deudores en tarjeta de crédito, siempre que el importe dispuesto se halle dentro de los límites usuales en este tipo de contratos.

En todo caso, la concesión de las operaciones anteriores será comunicada, vía SIF, al Banco de España inmediatamente después de su concesión.


Palabras Clave

  • Concesión de créditos a altos cargos
  • Concesión de avales a altos cargos
  • Concesión de garantías a altos cargos

Última actualización: 15/09/2025