Autorización del alta o modificación de la condición de miembro del mercado primario de deuda pública, en el que se pueden distinguir diferentes participantes:
- Creadores de mercado: son entidades cuya función es favorecer la liquidez del mercado secundario de deuda pública y cooperar con el Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional en la difusión exterior e interior de la deuda del Estado.
- Miembros del mercado primario: podrán ser miembros del mercado primario las entidades de crédito, las empresas de servicios de inversión y la Administración General del Estado y que, entre otros requisitos, cuenten con conexión técnica al Banco de España.
- Participantes sin conexión técnica: son las entidades de crédito o empresas de servicios de inversión que no disponen de conexión técnica con el Banco de España y que únicamente desean participar en colocaciones realizadas por emisores públicos distintos del Tesoro para las que no se requiere de conexión técnica.
Trámite para: Entidades supervisadas por el Banco de España y la CNMV