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Apertura de oficinas de representación, cierre y modificaciones posteriores en el extranjero

OdR en extranjero

Código de trámite: ES_BDE_C056_P230

Comunicación por las ECA, de su pretensión de abrir una Oficina de representación ( OdR) en el extranjero, antes de la presentación de la solicitud a la autoridad nacional de acogida. Las entidades también comunicarán la fecha de apertura, una vez llevada a cabo y, en su caso, los cambios de domicilio de la oficina, del ámbito de sus actividades o del encargado, así como su cierre.

Público objetivo:
Instituciones financieras

Palabras Clave

  • Apertura de oficinas de representación

Última actualización: 15/09/2025