Código del trámite: ES_BDE_C056_P117
Las entidades de crédito deberán solicitar al Banco de España autorización para la concesión de créditos, avales y garantías a los miembros de su consejo de administración o a sus directores generales o asimilados.
No requerirán autorización la concesión del crédito, aval o garantía que:
Entidades de crédito españolas bajo la supervisión del Banco de España, así como aquellas obligadas por la legislación vigente.
La solicitud puede presentarse a través del Registro Electrónico del Banco de España disponible en el apartado "Tramitación".
Para ello:
Para ampliar información se puede consultar la "Guía de requisitos e instrucciones de registro electrónico" disponible en el apartado "Otra información de interés".
La documentación a aportar por la entidad será la solicitud de autorización, que debe contener información detallada sobre:
Además, esta solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:
En caso de que el órgano aprobador sea el órgano de administración y el interesado sea un miembro de dicho consejo, declaración de que el acuerdo se ha adoptado sin la participación del interesado.
En el caso de tratarse de préstamos a partes vinculadas a miembros del consejo de administración de la entidad, se requerirá lo siguiente:
El Banco de España podrá requerir a la entidad solicitante los datos adicionales que consideren necesarios.
Dirección General de Supervisión.
Treinta días.
Concesión de créditos a altos cargos, Concesión de avales a altos cargos, Concesión de garantías a altos cargos.
Banco de España
Dirección General de Supervisión
C/ Alcalá, 48
28014 Madrid
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