ES_BDE_C056_P236
Las fundaciones bancarias que posean una participación igual o superior al 30% del capital en una entidad de crédito o que les permita el control de la misma elaborarán y remitirán al Banco de España para su aprobación, de manera individual o conjunta, un protocolo de gestión de la participación financiera regulando los criterios básicos de carácter estratégico que rigen la gestión de la participación, las relaciones entre el patronato de la fundación bancaria y los órganos de gobierno de la entidad de crédito participada y los criterios generales para la realización de operaciones entre la fundación y la entidad.
Cualquier modificación que se efectúe en el protocolo de gestión se remitirá al Banco de España para su aprobación y, en todo caso, anualmente, las fundaciones bancarias deberán enviar un escrito al Banco de España mediante el que ratifiquen la plena vigencia del último protocolo remitido. En dicho escrito se identificará el protocolo que se ratifica y se especificará la fecha en que se remitió al Banco de España.
Las fundaciones bancarias que posean una participación igual o superior al 30% del capital de una entidad de crédito o que les permita el control de la misma.
La solicitud puede presentarse en el Registro General del Banco de España en la calle Alcalá, 48, de Madrid, o en cualquiera de sus sucursales, dirigida a la Dirección General de Supervisión.
En el apartado “Otra información de interés” se encuentra disponible el listado de sucursales.
La solicitud puede remitirse por correo postal a:
Banco de España
Dirección General de Supervisión
C/ Alcalá, 48
28014 Madrid
La solicitud puede presentarse a través del Registro Electrónico del Banco de España disponible en el apartado "Tramitación".
Para ello:
Para ampliar información se puede consultar la "Guía de requisitos e instrucciones de registro electrónico" disponible en el apartado "Otra información de interés".
El protocolo de gestión que deberá contener, al menos:
El Banco de España podrá requerir cuanta información considere necesaria para efectuar la valoración.
El protocolo de gestión se remitirá al Banco de España en el plazo máximo de dos meses desde la constitución de la fundación bancaria.
Cualquier modificación que se efectúe en el protocolo de gestión se remitirá en el plazo de un mes desde su correspondiente aprobación por el patronato.
En todo caso, durante el primer cuatrimestre de cada año las fundaciones bancarias deberán enviar un escrito al Banco de España mediante el que ratifiquen la plena vigencia del último protocolo remitido. En dicho escrito se identificará el protocolo que se ratifica y se especificará la fecha en que se remitió al Banco de España.
La Comisión Ejecutiva del Banco de España en caso de aprobación de un nuevo protocolo de gestión.
La Dirección General de Supervisión en el caso de que se ratifique el último protocolo de gestión aprobado.
Un mes.
Protocolos de gestión de fundaciones bancarias, Protocolos de gestión de participaciones financieras, Entidades de crédito participadas, Cajas de ahorro y fundaciones bancarias.
Banco de España
Dirección General de Supervisión
C/ Alcalá, 48
28014 Madrid
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