Catálogo de trámites

Aprobación o ratificación del protocolo de gestión de la participación financiera de las fundaciones bancarias

Código del trámite

ES_BDE_C056_P236

Descripción del proceso

Las fundaciones bancarias que posean una participación igual o superior al 30% del capital en una entidad de crédito o que les permita el control de la misma elaborarán y remitirán al Banco de España para su aprobación, de manera individual o conjunta, un protocolo de gestión de la participación financiera regulando los criterios básicos de carácter estratégico que rigen la gestión de la participación, las relaciones entre el patronato de la fundación bancaria y los órganos de gobierno de la entidad de crédito participada y los criterios generales para la realización de operaciones entre la fundación y la entidad.

Cualquier modificación que se efectúe en el protocolo de gestión se remitirá al Banco de España para su aprobación y, en todo caso, anualmente, las fundaciones bancarias deberán enviar un escrito al Banco de España mediante el que ratifiquen la plena vigencia del último protocolo remitido. En dicho escrito se identificará el protocolo que se ratifica y se especificará la fecha en que se remitió al Banco de España.

Público objetivo

Las fundaciones bancarias que posean una participación igual o superior al 30% del capital de una entidad de crédito o que les permita el control de la misma.

Cómo iniciar el trámite

Presencial:

La solicitud puede presentarse en el Registro General del Banco de España en la calle Alcalá, 48, de Madrid, o en cualquiera de sus sucursales, dirigida a la Dirección General de Supervisión.

En el apartado “Otra información de interés” se encuentra disponible el listado de sucursales.

Correo:

La solicitud puede remitirse por correo postal a:

Banco de España
Dirección General de Supervisión
C/ Alcalá, 48
28014 Madrid

Electrónico:

La solicitud puede presentarse a través del Registro Electrónico del Banco de España disponible en el apartado "Tramitación".

Para ello:

  1. Acceder al Registro Electrónico utilizando alguno de los sistemas de autenticación admitidos por el Banco de España.
  2. Seleccionar la opción "Rellenar formulario" y seguidamente elegir la opción según actuante.
  3. Cumplimentar los datos solicitados y, cuando proceda, adjuntar la documentación necesaria.
  4. Una vez rellenos todos los datos y adjuntada la documentación necesaria, pulsar el botón “Enviar”.
  5. El Registro Electrónico muestra una pantalla informando sobre el estado de la solicitud. En el caso de que el envío sea completado con éxito, se puede consultar el documento "Acuse de recibo". Opcionalmente se puede guardar y/o imprimir como justificante de la operación realizada.
  6. En cualquier momento, desde la opción “Consultar mis escritos presentados por Registro Electrónico”, se pueden consultar los envíos completados con éxito.

Para ampliar información se puede consultar la "Guía de requisitos e instrucciones de registro electrónico" disponible en el apartado "Otra información de interés".

Documentación obligatoria

El protocolo de gestión que deberá contener, al menos:

  • Los criterios básicos de carácter estratégico que rigen la gestión por parte de la fundación bancaria de su participación en la entidad de crédito participada: finalidad, sinergias, política de dividendos, acuerdos con otros accionistas, etc.
  • La descripción de las relaciones entre el patronato de la fundación bancaria y los órganos de gobierno de la entidad de crédito participada: criterios que aplicará la fundación en la elección de las personas que propondrá como consejeros de la entidad participada, miembros del patronato que ostenten la condición de miembro del órgano de gobierno de la entidad participada, mecanismos establecidos para prevenir posibles conflictos de interés, etc.
  • La descripción de los criterios generales para la realización de operaciones entre la fundación bancaria y la entidad participada, así como de los mecanismos previstos para evitar posibles conflictos de interés: protocolos especiales que se hayan adoptado para la formalización de operaciones entre la fundación y la entidad participada, etc.

Otra documentación

El Banco de España podrá requerir cuanta información considere necesaria para efectuar la valoración.

Plazo de presentación

El protocolo de gestión se remitirá al Banco de España en el plazo máximo de dos meses desde la constitución de la fundación bancaria.

Cualquier modificación que se efectúe en el protocolo de gestión se remitirá en el plazo de un mes desde su correspondiente aprobación por el patronato.

En todo caso, durante el primer cuatrimestre de cada año las fundaciones bancarias deberán enviar un escrito al Banco de España mediante el que ratifiquen la plena vigencia del último protocolo remitido. En dicho escrito se identificará el protocolo que se ratifica y se especificará la fecha en que se remitió al Banco de España.

Órgano de resolución

La Comisión Ejecutiva del Banco de España en caso de aprobación de un nuevo protocolo de gestión.

La Dirección General de Supervisión en el caso de que se ratifique el último protocolo de gestión aprobado.

Plazo de resolución

Un mes.

Palabras Clave

Protocolos de gestión de fundaciones bancarias, Protocolos de gestión de participaciones financieras, Entidades de crédito participadas, Cajas de ahorro y fundaciones bancarias.

Contacto

Dirección General de Supervisión

  • Dirección postal:

    Banco de España
    Dirección General de Supervisión
    C/ Alcalá, 48
    28014 Madrid

  • Consultas

    Formulario de contacto 

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