Catálogo de trámites

Análisis y supervisión de la publicidad emitida por las entidades financieras

Código del trámite

ES_BDE_C893_P217

Descripción del proceso

El Banco de España, a través del Departamento de Conducta de Entidades, tiene asignadas las competencias de control y supervisión de la actividad publicitaria de las entidades. La Orden EHA/1718/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios y la Circular 4/2020, de 26 de junio, del Banco de España, sobre publicidad de los productos y servicios bancarios, establecen un control a posteriori de la actividad publicitaria. El Banco de España, en el ejercicio de su función supervisora, puede requerir a las entidades información específica sobre las campañas o piezas publicitarias para valorar su adecuación a la normativa. Asimismo, en el ejercicio de su potestad administrativa, cuando se aprecien desajustes en la actividad publicitaria puede requerir el cese de la publicidad o su oportuna rectificación.

Tanto los requerimientos de información como los de cese o rectificación deberán ser atendidos por las entidades en un plazo máximo de tres días hábiles.

Público objetivo

Entidades supervisadas por el Banco de España sujetas a la Orden EHA 1718/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios.

Cómo iniciar el trámite

Electrónico:

Presentar la documentación necesaria a través del Registro Electrónico del Banco de España disponible en el apartado "Tramitación".

Para ello:

  • Acceder al Registro Electrónico utilizando alguno de los sistemas de autenticación admitidos por el Banco de España.
  • Seleccionar la opción "Rellenar formulario" y seguidamente elegir la opción según actuante.
  • Cumplimentar los datos solicitados y, cuando proceda, adjuntar la documentación necesaria.
  • Una vez rellenos todos los datos y adjuntada la documentación necesaria, pulsar el botón “Enviar”.
  • El Registro Electrónico muestra una pantalla informando sobre el estado de la solicitud. En el caso de que el envío sea completado con éxito, se puede consultar el documento "Acuse de recibo". Opcionalmente se puede guardar y/o imprimir como justificante de la operación realizada.
  • En cualquier momento, desde la opción “Consultar mis escritos presentados por Registro Electrónico”, se pueden consultar los envíos completados con éxito.

Para ampliar información se puede consultar la "Guía de requisitos e instrucciones de registro electrónico" disponible en el apartado "Otra información de interés".

Correo:

La entidad podrá enviar la documentación a la siguiente dirección:

Banco de España
Departamento de Conducta de Entidades
c/ Alcalá, 48
28014 Madrid

Presencial:

La entidad puede presentar la documentación requerida en el Registro General del Banco de España en la calle Alcalá, 48, de Madrid, o en cualquiera de sus sucursales, e irá dirigida al Departamento de Conducta de Entidades.

En el apartado de “Otra información de interés” está disponible la información sobre las Sucursales del Banco de España.

Documentación obligatoria

  • El escrito de respuesta indicando claramente el número de expediente y el número de registro de salida del Banco de España.
  • En su caso, la documentación necesaria que soporte las actuaciones realizadas.
  • En su caso, informe del organismo de autorregulación publicitaria.

Órgano de resolución

Departamento de Conducta de Entidades

Palabras Clave

Publicidad de servicios bancarios, Publicidad de productos bancarios.

Contacto

Departamento de Conducta de Entidades

  • Dirección postal:

    Banco de España
    Departamento de Conducta de Entidades

    División de Política de Conducta y Cumplimiento
    c/ Alcalá 48
    28014 Madrid

  • Consultas

    Formulario de contacto 

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