La Ley 7/2020, de 13 de noviembre, para la transformación digital del sistema financiero (en adelante, Ley 7/2020) regula un espacio controlado de pruebas, conocido como sandbox, que permite probar innovaciones tecnológicas aplicables al sistema financiero. El Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), como autoridades supervisoras competentes por razón de la materia, monitorizan las pruebas de estos proyectos.
Las tareas del Banco de España en el sandbox incluyen:
- Efectuar la evaluación prevista en el artículo 7.2 de la Ley 7/2020 de los proyectos para los que haya sido designado competente.
- Suscribir un protocolo de pruebas con el promotor o promotores de los proyectos con una evaluación previa favorable.
- Aprobar el modelo de documento informativo único.
- Tomar conocimiento de la declaración responsable del promotor en la que acredita que ha recabado el consentimiento informado de los participantes y que ha activado el sistema de garantías e indemnizaciones previsto.
- Designar uno o varios monitores para llevar a cabo el seguimiento de las pruebas que integran el proyecto piloto.
- Recibir la memoria elaborada por el promotor tras las pruebas.
- Examinar los resultados de las pruebas y elaborar un documento de conclusiones sobre su desarrollo y resultados.
Trámite para: Cualquier persona física o jurídica, individual o conjuntamente con otras, incluidas empresas tecnológicas, entidades financieras, administradores de crédito, asociaciones representativas de intereses, centros públicos o privados de investigación y cualquier otro interesado que haya solicitado la entrada de un proyecto al sandbox y haya recibido una evaluación previa favorable de dicho proyecto por parte del Banco de España (ya sea en solitario o conjuntamente con CNMV y/o DGSFP).