Catálogo de trámites

Declaración de oficinas y locales abiertos al público de entidades supervisadas

Código del trámite

ES_BDE_C165_P76

Descripción del proceso

Comunicación al Banco de España de:

  • Apertura, cesión, cierre o cualquier variación sobre los datos previamente facilitados de las oficinas de las entidades de crédito, según se establece en la norma tercera de la Circular 1/2009, de 18 de diciembre.
  • Apertura, cierre o cualquier variación sobre los datos previamente facilitados de los locales donde efectúan su actividad los establecimientos de compra-venta de moneda y las entidades de pago, de acuerdo con la normativa actualmente vigente.

Público objetivo

Entidades de crédito, Entidades de pago y Establecimientos de Compra-Venta de Moneda

Cómo iniciar el trámite

Electrónico:

Para presentar la información requerida, será necesario acceder a la aplicación informática EXB: Registro de oficinas de entidades supervisadas, disponible en el apartado “Tramitación”, donde se pueden realizar las siguientes operaciones:

  • Actualización individual de oficinas: comunicación de movimientos individuales en la red de oficinas de las entidades (altas, bajas y variaciones de datos).
  • Actualización múltiple: movimientos de oficinas ocasionados como consecuencia de fusiones, cesiones de parte de la red de oficinas entre entidades o bajas múltiples de oficinas en la misma fecha.
  • Consulta del estado de las solicitudes realizadas: comprobación de la situación en la que se encuentran las solicitudes de actualización de datos realizadas por la entidad, pues éstas han de ser validadas por el Banco de España antes de su incorporación definitiva al sistema.
  • Consulta de oficinas declaradas: descarga de ficheros en formato PDF o CSV con toda la información de las oficinas comunicada por la entidad incluida en la base de datos del Banco de España.

Puede encontrarse información detallada sobre la utilización de la aplicación en el Manual de usuario de la aplicación “EXB Registro de Oficinas de Entidades Supervisadas”, disponible en el apartado de “Otra información de interés”.

Para acceder a dicha aplicación será necesario estar en posesión de un certificado electrónico emitido por una de las Autoridades de Certificación autorizadas por el Banco de España y, que este certificado electrónico esté expresamente autorizado para acceder a la aplicación EXB . Dicha información se encuentra disponible  en EXB” Requisitos para el acceso a la aplicación de certificado electrónico, disponible en el apartado “Otra información de interés”.

La obtención de certificados, se podrá hacer accediendo al enlace disponible en “Otra información de interés” Obtención de certificados electrónicos para relaciones con el Banco de España.

Plazo de presentación

  • Entidades de crédito: 15 días naturales desde que se produzca el hecho a comunicar (alta, baja o variación de datos de oficinas abiertas al público).
  • Entidades de pago y Establecimientos de Compra-Venta de Moneda: un mes desde que se produzca el hecho a comunicar (alta, baja o variación de datos de locales donde efectúan su actividad).

Palabras Clave

EXB Registro de Oficinas de Entidades Supervisadas.