Ir a contenido

Autorización de titulares de establecimientos abiertos al público para realizar operaciones de cambio de moneda extranjera

Autorización compra/venta moneda extranjera

Código de trámite: ES_BDE_C462_P30

Según el Real Decreto 2660/1998, corresponde al Banco de España autorizar la actividad de compra/venta de moneda extranjera.

Público objetivo:
Empresas y profesionales Instituciones financieras

Avisos

Los formularios que se encuentran a disposición de los solicitantes, que son de uso obligatorio, deberán presentarse debidamente cumplimentados y acompañados de la documentación requerida.

Las personas jurídicas y demás sujetos obligados deberán presentar su solicitud mediante registro electrónico. La personas físicas podrán presentar también su solicitud de forma presencial o por correo postal, si bien se recomienda el uso del registro electrónico.


Palabras Clave

  • Establecimientos de cambio de moneda extranjera
  • Billetes extranjeros
  • Moneda extranjera
  • Establecimientos de compraventa de moneda extranjera

Última actualización: 15/09/2025