Trámites con registro electrónico

Registro de entidades

Código del trámite

ES_BDE_C463_P82

Descripción del proceso

AVISO:

Los formularios que se encuentran a disposición de los solicitantes para este tipo de procedimiento son de uso obligatorio, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 66.6 y 68.1 de la Ley 39/2015.

Los formularios deberán presentarse debidamente cumplimentados y acompañados de la documentación requerida. La presentación de otros formularios que no sean estos, así como su presentación incompleta, tendrá las consecuencias establecidas en los artículos 66.6, 68.1 y concordantes de la Ley 39/2015.

Las personas jurídicas, y demás sujetos obligados, en virtud del artículo 14, apartados 2 y 3, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán presentar su solicitud mediante registro electrónico.

Los registros del Banco de España contienen datos identificativos e información sobre el ámbito de actuación de las siguientes entidades:

  • Entidades de crédito (bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito, sucursales), oficinas de representación de entidades extranjeras en España.
  • Entidades de dinero electrónico, entidades de pago y sucursales.
  • Establecimientos financieros de crédito.
  • Intermediarios de crédito inmobiliario y prestamistas inmobiliarios.
  • Operadores de sitios web de comparación de comisiones distintos al Banco de España.
  • Proveedores del servicio de información sobre cuentas.
  • Proveedores de servicios de cambio de moneda virtual por moneda fiduciaria y de custodia de monederos electrónicos
  • Sociedades de garantía recíproca.
  • Sociedades de reafianzamiento.
  • Sociedades de tasación homologadas.
  • Sociedades financieras (mixtas) de cartera.
  • Titulares de establecimientos de compra y venta de moneda extranjera.

Con carácter previo a la inscripción en los Registros Oficiales a cargo del Banco de España, las entidades deberán realizar el correspondiente trámite de autorización o de verificación del cumplimiento de los requisitos para poder obtener la inscripción, ante el organismo que reglamentariamente esté establecido, en función del tipo de entidad del que se trate.

Para que sea tramitada la inscripción en el Registro, las entidades deberán aportar la documentación que se concreta en el aparatado de “Documentación Obligatoria”.

Concluidos los trámites de inscripción, ésta se comunicará a la entidad, publicándose finalmente en la webAbre en nueva ventana del Banco de España.

Público objetivo

Entidades supervisadas y aquellas obligadas por la legislación vigente.

Cómo iniciar el trámite

Electrónico:

Presentar la documentación necesaria a través del Registro Electrónico del Banco de España disponible en el apartado "Tramitación".

Para ello:

  1. Acceder al Registro Electrónico utilizando alguno de los sistemas de autenticación admitidos por el Banco de España.
  2. Seleccionar la opción "Rellenar formulario" y seguidamente elegir la opción según actuante.
  3. Cumplimentar los datos solicitados y, cuando proceda, adjuntar la documentación necesaria.
  4. Una vez rellenos todos los datos y adjuntada la documentación necesaria, pulsar el botón “Enviar”.
  5. El Registro Electrónico muestra una pantalla informando sobre el estado de la solicitud. En el caso de que el envío sea completado con éxito, se puede consultar el documento "Acuse de recibo". Opcionalmente se puede guardar y/o imprimir como justificante de la operación realizada.
  6. En cualquier momento, desde la opción “Consultar mis escritos presentados por Registro Electrónico”, se pueden consultar los envíos completados con éxito.

Para ampliar información se puede consultar la "Guía de requisitos e instrucciones de registro electrónico" disponible en el apartado "Otra información de interés".

Documentación obligatoria

Para facilitar la tramitación, se incluye una relación de tipos de entidad con un desplegable que, al pulsar sobre cada uno de ellos, permite visualizar la documentación requerida.

  • Bancos
    • FDU-115 Formulario para el Alta en el Registro de Entidades (REN01), disponible en el apartado “Tramitación”.
    • NIF definitivo.
    • Copia escritura pública inscrita en el Registro Mercantil.
    • Copia de la autorización de la autoridad competente. Solo será necesaria en caso de que la autoridad competente no sea el Banco de España.
    • Texto refundido de los estatutos.
    • Formulario de solicitud de anotación de Altos Cargos de las Entidades de Crédito y otras supervisadas. Para más información sobre la inscripción de los altos cargos de las entidades, consulte el trámite “Inscripción en el Registro de Altos Cargos”.
    • NIF del Alto cargo o representante.
  • Cajas de Ahorro
    • FDU-115 Formulario para el Alta en el Registro de Entidades (REN01), disponible en el apartado “Tramitación”.
    • NIF definitivo.
    • Copia escritura pública inscrita en el Registro Mercantil.
    • Copia de la autorización de la autoridad competente. Solo será necesaria en caso de que la autoridad competente no sea el Banco de España.
    • Texto refundido de los estatutos.
    • Formulario de solicitud de anotación de Altos Cargos de las Entidades de Crédito y otras supervisadas. Para más información sobre la inscripción de los altos cargos de las entidades, consulte el trámite “Inscripción en el Registro de Altos Cargos”.
    • NIF del Alto cargo o representante.
  • Cooperativas de Crédito
    • FDU-115 Formulario para el Alta en el Registro de Entidades (REN01), disponible en el apartado “Tramitación”.
    • NIF definitivo.
    • Copia escritura pública inscrita en el Registro Mercantil.
    • Copia de la autorización de la autoridad competente. Solo será necesaria en caso de que la autoridad competente no sea el Banco de España.
    • Texto refundido de los estatutos.
    • Formulario de solicitud de anotación de Altos Cargos de las Entidades de Crédito y otras supervisadas. Para más información sobre la inscripción de los altos cargos de las entidades, consulte el trámite “Inscripción en el Registro de Altos Cargos”.
    • NIF del Alto cargo o representante.
  • Entidades de dinero electrónico
    • FDU-115 Formulario para el Alta en el Registro de Entidades (REN01), disponible en el apartado “Tramitación”.
    • NIF definitivo.
    • Copia escritura pública inscrita en el Registro Mercantil.
    • Texto refundido de los estatutos.
    • Formulario de solicitud de anotación de Altos Cargos de las Entidades de Crédito y otras supervisadas. Para más información sobre la inscripción de los altos cargos de las entidades, consulte el trámite “Inscripción en el Registro de Altos Cargos”.
    • NIF del Alto cargo o representante.
  • Entidades de pago
    • FDU-115 Formulario para el Alta en el Registro de Entidades (REN01), disponible en el apartado “Tramitación”.
    • NIF definitivo.
    • Copia escritura pública inscrita en el Registro Mercantil.
    • Texto refundido de los estatutos.
    • Formulario de solicitud de anotación de Altos Cargos de las Entidades de Crédito y otras supervisadas. Para más información sobre la inscripción de los altos cargos de las entidades, consulte el trámite “Inscripción en el Registro de Altos Cargos”.
    • NIF del Alto cargo o representante.
  • Establecimientos financieros crédito-entidades pago
    • FDU-115 Formulario para el Alta en el Registro de Entidades (REN01), disponible en el apartado “Tramitación”.
    • NIF definitivo.
    • Copia escritura pública inscrita en el Registro Mercantil.
    • Copia de la autorización de la autoridad competente. Solo será necesaria en caso de que la autoridad competente no sea el Banco de España.
    • Texto refundido de los estatutos.
    • Formulario de solicitud de anotación de Altos Cargos de las Entidades de Crédito y otras supervisadas. Para más información sobre la inscripción de los altos cargos de las entidades, consulte el trámite “Inscripción en el Registro de Altos Cargos”.
    • NIF del Alto cargo o representante.
  • Establecimientos financieros de crédito
    • FDU-115 Formulario para el Alta en el Registro de Entidades (REN01), disponible en el apartado “Tramitación”.
    • NIF definitivo.
    • Copia escritura pública inscrita en el Registro Mercantil.
    • Copia de la autorización de la autoridad competente. Solo será necesaria en caso de que la autoridad competente no sea el Banco de España.
    • Texto refundido de los estatutos.
    • Formulario de solicitud de anotación de Altos Cargos de las Entidades de Crédito y otras supervisadas. Para más información sobre la inscripción de los altos cargos de las entidades, consulte el trámite “Inscripción en el Registro de Altos Cargos”.
    • NIF del Alto cargo o representante.
  • Oficinas de representación España de entidades de crédito extranjeras
    • FDU-115 Formulario para el Alta en el Registro de Entidades (REN01), disponible en el apartado “Tramitación”.
    • NIF definitivo.
    • Copia escritura pública inscrita en el Registro Mercantil. (En este caso será suficiente el acuerdo de apertura elevado a público o escritura de constitución. No se requiere Registro Mercantil).
    • NIF del Alto cargo o representante.
  • Operadores de sitios Web de comparación de comisiones distintos al Banco de España (circular 2/2019 del Banco de España)
    • Declaración responsable (el modelo se encuentra en el apartado “Tramitación”).
    • NIF o NIE del representante del sitio web de comparación.
    • Copia de la escritura pública de representación.
  • Sociedades de garantía recíproca
    • FDU-115 Formulario para el Alta en el Registro de Entidades (REN01), disponible en el apartado “Tramitación”.
    • NIF definitivo.
    • Copia escritura pública inscrita en el Registro Mercantil.
    • Copia de la autorización de la autoridad competente. Solo será necesaria en caso de que la autoridad competente no sea el Banco de España.
    • Texto refundido de los estatutos.
    • Formulario de solicitud de anotación de Altos Cargos de las Entidades de Crédito y otras supervisadas. Para más información sobre la inscripción de los altos cargos de las entidades, consulte el trámite “Inscripción en el Registro de Altos Cargos”.
    • NIF del Alto cargo o representante.
  • Sociedades de reafianzamiento
    • FDU-115 Formulario para el Alta en el Registro de Entidades (REN01), disponible en el apartado “Tramitación”.
    • NIF definitivo.
    • Copia escritura pública inscrita en el Registro Mercantil.
    • Copia de la autorización de la autoridad competente. Solo será necesaria en caso de que la autoridad competente no sea el Banco de España.
    • Texto refundido de los estatutos.
    • Formulario de solicitud de anotación de Altos Cargos de las Entidades de Crédito y otras supervisadas. Para más información sobre la inscripción de los altos cargos de las entidades, consulte el trámite “Inscripción en el Registro de Altos Cargos”.
    • NIF del Alto cargo o representante.
  • Sociedades de tasación
    • FDU-115 Formulario para el Alta en el Registro de Entidades (REN01), disponible en el apartado “Tramitación”.
    • NIF definitivo.
    • Copia escritura pública inscrita en el Registro Mercantil.
    • Texto refundido de los estatutos.
    • Formulario de solicitud de anotación de Altos Cargos de las Entidades de Crédito y otras supervisadas. Para más información sobre la inscripción de los altos cargos de las entidades, consulte el trámite “Inscripción en el Registro de Altos Cargos”.
    • NIF del Alto cargo o representante.
  • Sociedades financieras (mixtas) de cartera
    • FDU-115 Formulario para el Alta en el Registro de Entidades (REN01), disponible en el apartado “Tramitación”.
    • NIF definitivo.
    • Formulario de solicitud de anotación de Altos Cargos de las Entidades de Crédito y otras supervisadas. Para más información sobre la inscripción de los altos cargos de las entidades, consulte el trámite “Inscripción en el Registro de Altos Cargos”.
    • NIF del Alto cargo o representante.
  • Sucursales de entidades de crédito extranjeras comunitarias

    Previa recepción por parte del Banco de España de la correspondiente notificación de apertura de sucursal de la autoridad competente del país de origen.

    • FDU-115 Formulario para el Alta en el Registro de Entidades (REN01), disponible en el apartado “Tramitación”.
    • NIF definitivo.
    • Copia escritura pública inscrita en el Registro Mercantil.
    • Formulario de solicitud de anotación de Altos Cargos de las Entidades de Crédito y otras supervisadas. Para más información sobre la inscripción de los altos cargos de las entidades, consulte el trámite “Inscripción en el Registro de Altos Cargos”.
    • NIF del Alto cargo o representante.
  • Sucursales de entidades de crédito extranjeras extracomunitarias
    • FDU-115 Formulario para el Alta en el Registro de Entidades (REN01), disponible en el apartado “Tramitación”.
    • NIF definitivo.
    • Copia escritura pública inscrita en el Registro Mercantil.
    • Formulario de solicitud de anotación de Altos Cargos de las Entidades de Crédito y otras supervisadas. Para más información sobre la inscripción de los altos cargos de las entidades, consulte el trámite “Inscripción en el Registro de Altos Cargos”.
    • NIF del Alto cargo o representante.
  • Sucursales de entidades de pago extranjeras comunitarias

    Previa recepción por parte del Banco de España de la correspondiente notificación de apertura de sucursal de la autoridad competente del país de origen.

    • FDU-115 Formulario para el Alta en el Registro de Entidades (REN01), disponible en el apartado “Tramitación”.
    • NIF definitivo.
    • Copia escritura pública inscrita en el Registro Mercantil.
    • Formulario de solicitud de anotación de Altos Cargos de las Entidades de Crédito y otras supervisadas. Para más información sobre la inscripción de los altos cargos de las entidades, consulte el trámite “Inscripción en el Registro de Altos Cargos”.
    • NIF del Alto cargo o representante.
  • Sucursales de entidades dinero electrónico extranjeras comunitarias

    Previa recepción por parte del Banco de España de la correspondiente notificación de apertura de sucursal de la autoridad competente del país de origen.

    • FDU-115 Formulario para el Alta en el Registro de Entidades (REN01), disponible en el apartado “Tramitación”.
    • NIF definitivo.
    • Copia escritura pública inscrita en el Registro Mercantil.
    • Formulario de solicitud de anotación de Altos Cargos de las Entidades de Crédito y otras supervisadas. Para más información sobre la inscripción de los altos cargos de las entidades, consulte el trámite “Inscripción en el Registro de Altos Cargos”.
    • NIF del Alto cargo o representante.
  • Sucursales de entidades dinero electrónico extranjeras extracomunitarias
    • FDU-115 Formulario para el Alta en el Registro de Entidades (REN01), disponible en el apartado “Tramitación”.
    • NIF definitivo.
    • Copia escritura pública inscrita en el Registro Mercantil.
    • Formulario de solicitud de anotación de Altos Cargos de las Entidades de Crédito y otras supervisadas. Para más información sobre la inscripción de los altos cargos de las entidades, consulte el trámite “Inscripción en el Registro de Altos Cargos”.
    • NIF del Alto cargo o representante.
  • Sucursales de entidades financieras filial de entidades de crédito comunitarias

    Previa recepción por parte del Banco de España de la correspondiente notificación de apertura de sucursal de la autoridad competente del país de origen.

    • FDU-115 Formulario para el Alta en el Registro de Entidades (REN01), disponible en el apartado “Tramitación”.
    • NIF definitivo.
    • Copia escritura pública inscrita en el Registro Mercantil.
    • Formulario de solicitud de anotación de Altos Cargos de las Entidades de Crédito y otras supervisadas. Para más información sobre la inscripción de los altos cargos de las entidades, consulte el trámite “Inscripción en el Registro de Altos Cargos”.
    • NIF del Alto cargo o representante.
  • Tasadores vinculados a sociedad de tasación
    • Formulario de Registro de profesionales vinculados de sociedades de tasación (debidamente cumplimentado por las entidades declarantes de los mismos, convenientemente acreditadas), disponible en el apartado “Tramitación”.
    • NIF o NIE de la persona a inscribir.
    • Fotocopia compulsada del título académico o certificado del colegio correspondiente.
    • Historial profesional debidamente firmado en el que quede acreditada la experiencia mínima de 3 años en tasación.
    • Declaración debidamente firmada a que se refieren los artículos 2.3, 11 y 13 del RD 775/1997.
    • Contrato entre el tasador y la sociedad de tasación.
  • Titulares de Establecimientos de compra y venta de moneda extranjera.
    • FDU-115 Formulario para el Alta en el Registro de Entidades (REN01), disponible en el apartado “Tramitación”.
    • NIF definitivo.
    • Copia escritura pública inscrita en el Registro Mercantil.
    • Texto refundido de los estatutos.
    • Formulario de solicitud de anotación de Altos Cargos de las Entidades de Crédito y otras supervisadas. Para más información sobre la inscripción de los altos cargos de las entidades, consulte el trámite “Inscripción en el Registro de Altos Cargos”.
    • NIF del Alto cargo o representante.
    • Para la declaración de apertura, cierre o cualquier variación sobre los datos previamente facilitados de los locales donde efectúan su actividad los establecimientos de compra y venta de moneda extranjera consulte el trámite “Declaración de oficinas y locales abiertos al público de entidades supervisadas".

    En el caso de que el solicitante tenga que presentar la subsanación de un proceso ya iniciado, deberá hacer uso del Formulario de subsanación de documentación, disponible en el apartado “Tramitación”.

    Órgano de resolución

    Vicesecretaría General.

    Plazo de resolución

    • Para las Sociedades y Servicios de Tasación: 6 meses desde la notificación de autorización.
    • Para el Registro de Altos Cargos de Entidades de Crédito: debe llegar al BdE en 15 días desde la aceptación del cargo.

    Palabras Clave

    Altas en Registros oficiales, Registro de altos cargos, Registro de entidades, Registro de estatutos, Registro de profesionales vinculados a sociedades de tasación.

    Contacto

    DIVISIÓN DE REGISTRO DE ENTIDADES

    • Dirección postal:

      Banco de España
      Departamento de Autorizaciones y Registros
      División de Registro de Entidades
      C/ Alcalá, 48
      28014 Madrid

    • Consultas

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