ES_BDE_C056_P248
Toda persona física o jurídica que por sí sola o actuando de forma concertada con otras, haya adquirido, directa o indirectamente, una participación en una entidad de crédito, establecimiento financiero de crédito o entidad de pago española de tal manera que el porcentaje de derechos de voto o de capital poseído resulte igual o superior al 5 por ciento e inferior al 10 por ciento, lo comunicará inmediatamente y por escrito al Banco de España indicando la cuantía de la participación alcanzada.
Las entidades deberán comunicar al Banco de España, en cuanto se tenga conocimiento de ello, y como máximo en el plazo de diez días hábiles desde la anotación de la participación directa en el libro registro de acciones nominativas o en el libro registro de aportaciones al capital social o el libro registro de socios, las adquisiciones de participaciones en su capital que traspasen el umbral del 5 por ciento.
El Banco de España acusará recibo de la comunicación.
Cualquier persona física o jurídica.
La solicitud puede presentarse en el Registro General del Banco de España en la calle Alcalá, 48, de Madrid, o en cualquiera de sus sucursales, dirigida a la Dirección General de Supervisión.
En el apartado “Otra información de interés” se encuentra disponible el listado de sucursales.
La solicitud puede remitirse por correo postal a:
Banco de España
Dirección General de Supervisión
C/ Alcalá, 48
28014 Madrid
La solicitud puede presentarse a través del Registro Electrónico del Banco de España disponible en el apartado "Tramitación".
Para ello:
Para ampliar información se puede consultar la "Guía de requisitos e instrucciones de registro electrónico" disponible en el apartado "Otra información de interés".
El que corresponda de los siguientes:
El Banco de España podrá requerir la información y/o documentación adicional que considere necesaria para evaluar la solicitud presentada.
De forma inmediata a la realización de la adquisición y en el caso de la entidad afectada, en cuanto tenga conocimiento del hecho y como máximo en el plazo de diez días hábiles desde la anotación de la participación directa en el libro registro de acciones nominativas o en el libro registro de aportaciones al capital social o el libro registro de socios.
Adquisición de participaciones no significativas, Participaciones no significativas en entidades, Entidades de crédito, Establecimientos financieros de crédito, Entidades de pago.
Banco de España
Dirección General de Supervisión
C/ Alcalá, 48
28014 Madrid
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