Instituciones financieras

Notificación de inicio de actividad publicitaria

Código del trámite

ES_BDE_C893_P256

Descripción del proceso

Comunicación del inicio de actividad publicitaria, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional única de la Circular 4/2020, de 26 de junio, del Banco de España, sobre publicidad de los productos y servicios bancarios.

Público objetivo

Entidades sujetas al ámbito de aplicación de la Circular 4/2020, de 26 de junio, del Banco de España, sobre publicidad de los productos y servicios bancarios, que realicen por primera vez publicidad sobre productos y servicios bancarios dirigida a clientes o potenciales clientes en territorio español.

Cómo iniciar el trámite

Electrónico:

Presentar la documentación necesaria a través del Registro Electrónico del Banco de España disponible en el apartado "Tramitación".

Para ello:

  1. Acceder al Registro Electrónico utilizando alguno de los sistemas de autenticación admitidos por el Banco de España.
  2. Seleccionar la opción "Rellenar formulario" y seguidamente elegir la opción según actuante.
  3. Cumplimentar los datos solicitados y, cuando proceda, adjuntar la documentación necesaria.
  4. Una vez rellenos todos los datos y adjuntada la documentación necesaria, pulsar el botón “Enviar”.
  5. El Registro Electrónico muestra una pantalla informando sobre el estado de la solicitud. En el caso de que el envío sea completado con éxito, se puede consultar el documento "Acuse de recibo". Opcionalmente se puede guardar y/o imprimir como justificante de la operación realizada.
  6. En cualquier momento, desde la opción “Consultar mis escritos presentados por Registro Electrónico”, se pueden consultar los envíos completados con éxito.

Para ampliar información se puede consultar la "Guía de requisitos e instrucciones de registro electrónico" disponible en el apartado "Otra información de interés".

Documentación obligatoria

Escrito dirigido al Departamento de Conducta de Entidades, en el que se informe sobre el inicio de la actividad publicitaria.

Cuando resulte exigible, política de comunicación comercial conforme a lo previsto en la norma 6 de la Circular 4/2020, de 26 de junio, del Banco de España, sobre publicidad de los productos y servicios bancarios.

Plazo de presentación

Un mes a contar desde el día siguiente al de inicio de la actividad publicitaria.

Órgano de resolución

Departamento de Conducta de Entidades.

Palabras Clave

Publicidad de productos bancarios, Publicidad de servicios bancarios, Actividad publicitaria de entidades financieras.

Contacto

DEPARTAMENTO DE CONDUCTA DE ENTIDADES

  • Dirección postal:

    Banco de España
    Departamento de Conducta de Entidades
    División de Política de Conducta y Cumplimiento
    C/ Alcalá, 48
    28014 Madrid

  • Consultas

    Formulario de contacto 

Tramitación