ES_BDE_C056_P297
En virtud de la nueva normativa en materia de titulizaciones, se atribuye al Banco de España (en adelante BE) nuevas competencias de supervisión en relación con los requisitos sobre retención de riesgos, transparencia, prohibición de retitulizar y requisitos sobre los criterios de concesión de créditos, para originadores, prestamistas originales, patrocinadores, entidades de titulización con fines especiales (SSPE), según corresponda. Estos requisitos se corresponden con los artículos 6, 7, 8, y 9 del Reglamento (UE) 2017/2402, de 12 de diciembre de 2017, por el que se establece un marco general para la titulización y se crea un marco específico para la titulización simple, transparente y normalizada, en adelante, “Reglamento (UE) 2017/2402”.
Además, el Banco de España, en virtud del artículo 29, apartado 5 del Reglamento (UE) 2017/2402 y el artículo 38 de la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial, es la autoridad competente para la supervisión del cumplimiento de los criterios Simples, Transparentes y Normalizados (STS), para entidades de crédito, ya sean significativas o no, u otras entidades sujetas a la supervisión del BE con arreglo a su normativa sectorial correspondiente. Los requisitos en relación con el cumplimiento de los criterios STS se corresponden con los artículos 18 al 27 del Reglamento (UE) 2017/2402.
Por otro lado, de acuerdo con el apartado 2, del artículo 44 el Reglamento (UE) 2023/2631, de 22 de noviembre de 2023, sobre los bonos verdes europeos y la divulgación de información opcional para los bonos comercializados como bonos medioambientalmente sostenibles y para los bonos vinculados a la sostenibilidad (en adelante “Reglamento (UE) 2023/2631”), las autoridades competentes designadas de conformidad con el artículo 29, apartado 5, del Reglamento (UE) 2017/2402, supervisarán el cumplimiento por parte de las originadoras de sus obligaciones en virtud del Título II, Capítulo 2, y de los artículos 18 y 19 del Reglamento (UE) 2023/2631. Por tanto, el Banco de España, es la autoridad competente en relación con aquellas titulizaciones tradicionales que emitan bonos designados como «bono verde europeo» o «BVEu» de acuerdo con el Reglamento (UE) 2023/2631.
El desarrollo de las competencias señaladas requiere disponer de información que permita valorar tanto el cumplimiento de los requisitos de los artículos 6 al 9 como de los criterios STS, del Reglamento (UE) 2017/2402, así como las obligaciones en relación con el Reglamento (UE) 2023/2631.
Instituciones Financieras.
A tal efecto, las entidades que son público objetivo del presente trámite son las siguientes:
Presentar la documentación necesaria a través del Registro Electrónico del Banco de España disponible en el apartado "Tramitación".
Para ello:
Para ampliar información se puede consultar la "Guía de requisitos e instrucciones de registro electrónico" disponible en el apartado "Otra información de interés".
La notificación se materializará mediante la presentación:
Asimismo, se hará uso de la misma “Plantilla para la notificación de titulizaciones” y se presentará la documentación obligatoria según proceda, en caso de que las transacciones hayan sufrido cambios significativos, en virtud del artículo 7.1g) del Reglamento (UE) 2017/2402, que afecten o puedan afectar a sus características, en particular en relación con el cumplimiento de los artículos 6 al 9 (Reglamento (UE) 2017/2402), así como en caso de que se dejen de cumplir los requerimientos establecidos en los criterios STS (Reglamento (UE) 2017/2402.
En caso de que no se hayan originado titulizaciones bajo el alcance de las competencias descritas anteriormente, no será necesario presentar ningún tipo de notificación.
En todo caso, el Banco de España podrá exigir a las entidades, en cualquier momento, cuantos datos, informes o antecedentes se consideren oportunos para verificar el cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en la normativa aplicable.
Titulizaciones, Retención de riesgos, Concesión de créditos, Refinanciación de préstamos, Financiación empresarial, Bonos verdes europeos
Dirección General de Supervisión
Departamento de Funciones Horizontales – Grupo de Política supervisora y Regulación Contable
C/ Alcalá, 48
28014 Madrid
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