ES_BDE_C164_P90
Presentación en el Banco de España de la documentación financiera a la que las entidades están obligadas:
La documentación a presentar por cada tipo de entidad está recogida en la normativa actualmente vigente.
Entidades supervisadas por el Banco de España.
Según establecen las disposiciones del Banco de España, la documentación financiera de las entidades se debe presentar mediante transmisión telemática, siguiendo las normas y especificaciones técnicas dictadas al efecto.
En la actualidad la documentación financiera de las entidades supervisadas debe presentarse utilizando el "Sistema de Intercambio de Información Financiera (SIF)", disponible en el apartado “Tramitación”.
Es requisito previo para el acceso a la aplicación la obtención de un certificado electrónico emitido por el Banco de España. Las instrucciones para su tramitación están disponibles en la propia sede electrónica del Banco de España en el proceso de "Obtención de Certificados Electrónicos para relaciones con el Banco de España", disponible en el apartado “Otra información de interés”.
Asimismo, para el caso de los documentos que según la normativa requieren enviarse firmados, será necesario disponer de un certificado de persona jurídica. La obtención de este certificado se habrá de realizar siguiendo el procedimiento descrito en la web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre , disponible en el apartado “Otra información de interés”.
Estos certificados deberán ser emitidos a nombre de la persona o personas facultadas a firmar según lo establecido por las Circulares del Banco de España u otra normativa contable de aplicación para cada tipo de entidad supervisada. Todas ellas deberán figurar inscritas en el Registro de Altos Cargos del Banco de España, cuyo proceso de inscripción se encuentra disponible en el apartado “Otra información de interés”. En particular, las entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de pago y entidades de dinero electrónico darán cumplimiento a lo dispuesto, respectivamente, en los apartados 6 y 13 de la norma 72 de la Circular 4/2017, el apartado 2 de la norma 15 de la Circular 4/2019 y el apartado 2 de la norma 16 de la Circular 5/2020, disponibles en el apartado “Normativa relacionada”.
Envío de documentación financiera, SIF Sistema de Intercambio de Información Financiera.
Banco de España.
División Información Financiera y Prudencial.
C/ Alcalá, 522
28027 Madrid
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