ES_BDE_C343_P208
AVISO:
No debe utilizarse el “formulario de contacto” que aparece en el apartado “Contacto” para presentar las consultas. Este formulario solo debe utilizarse para plantear dudas sobre cómo realizar el trámite de presentación de consultas. Para presentar las consultas electrónicamente debe emplearse el acceso al “Registro electrónico” que se encuentra disponible en el apartado “Tramitación”.
Consultas formuladas por interesados identificados en el apartado “Público objetivo” en materia de interpretación y aplicación de la normativa de ordenación y disciplina de entidades sujetas a la supervisión del Banco de España (excepto las de conducta de mercado, transparencia bancaria y protección de la clientela, y contabilidad).
Las consultas recibidas podrán provenir de los siguientes interesados:
La solicitud puede presentarse en el Registro General del Banco de España en la calle Alcalá, 48, de Madrid, o en cualquiera de sus sucursales entregando la documentación que se detalla en el apartado “Documentación obligatoria”.
En el apartado “Otra información de interés” se encuentra disponible el listado de sucursales
Se remitirá la documentación que se detalla en el apartado “Documentación obligatoria” a:
Banco de España
Dirección General de Estabilidad Financiera, Regulación y Resolución
Departamento de Regulación
C/ Alcalá, 48
28014 Madrid
Presentando la documentación necesaria a través del Registro Electrónico del Banco de España disponible en el apartado "Tramitación".
Para ello:
Para ampliar información se puede consultar la "Guía de requisitos e instrucciones de registro electrónico" disponible en el apartado "Otra información de interés".
NOTA: No debe utilizarse el formulario de contacto que aparece en el apartado de CONTACTO para iniciar la tramitación de consultas; dicho formulario está disponible exclusivamente para plantear dudas sobre cómo iniciar el trámite. Tampoco deben plantearse consultas mediante correo electrónico.
Escrito de consulta que incluya la identificación, datos de contacto (correo electrónico y teléfono) y firma del consultante.
En caso de actuar en representación de un cliente, entidad supervisada, se incluirá también el nombre de dicha entidad
La Comisión Ejecutiva en el caso de consultas interpretativas sin criterio previo.
El Director General de Estabilidad Financiera, Regulación y Resolución en el resto de casos.
Consultas sobre regulación contable, Regulación contable de entidades supervisadas.
Banco de España
Dirección General de Estabilidad Financiera, Regulación y Resolución
Departamento de Regulación
C/Alcalá, 48
28014 Madrid
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