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Los titulares de cuenta corriente en Banco de España pueden solicitar la ejecución de órdenes de transferencias en euros cuando la cuenta de contrapartida esté abierta en un país del espacio geográfico de la Zona Única de Pagos en Euros (“SEPA”) y sea accesible a través de alguno de los sistemas de pago en los que el Banco de España participe directa o indirectamente.
Para transferencias dirigidas a otras cuentas radicadas fuera del espacio SEPA ver “Solicitud de orden de pago al exterior para titulares de cuenta corriente en Banco de España” disponible en el apartado “Otra información de interés”.
Titulares de cuentas corrientes abiertas en Banco de España.
Con envío de formulario por medios electrónicos:
La solicitud de transferencias se realizará mediante el formulario “TFS-002 Solicitud de transferencias en euros” disponible en el apartado “Tramitación”. Deberá cumplimentarse siguiendo las instrucciones incluidas en el documento “Instrucciones para cumplimentar la solicitud de transferencias en euros – Mod. TFS-002”, dentro del apartado “Otra información de interés”.
El formulario debe cumplimentarse con todos los datos obligatorios requeridos e ir firmado electrónicamente por persona/s con poder bastante y firma autorizada ante el Banco de España. Su envío puede realizarse en el horario en que la conexión con el Banco de España lo permita, pero no será tramitado hasta que la sucursal receptora tenga abiertos sus procesos operativos. Además, para asegurar la correcta tramitación de transferencias con fecha de ejecución solicitada en el mismo día de su recepción, el formulario deberá haberse recibido antes de las 12:30 h (hora peninsular). Ha de tenerse en cuenta que, en festivos nacionales, festivos Target o festivos locales en el lugar donde esté situada la sucursal receptora del formulario, aquélla no estará operativa y no procesará ningún formulario hasta el siguiente día hábil.
El formulario, tras superar las validaciones internas previas, será tramitado y enviadas las transferencias a las entidades receptoras en su fecha de ejecución o posterior día hábil.
Aquellos ordenantes que deseen tramitar un número tan elevado de órdenes de transferencia que exceda el máximo permitido en el formulario, deberán solicitarlo mediante envío de fichero por medios electrónicos (ver siguiente apartado).
Con envío de fichero por medios electrónicos:
Las administraciones y organismos públicos autorizados al envío de ficheros por medios electrónicos deben enviar la documentación requerida en este proceso siguiendo lo establecido en las "Normas de presentación de archivos con órdenes de transferencia en euros” que les hayan sido facilitadas por el Banco de España. En el caso de no estar autorizados y desear presentar las órdenes por este medio, deben contactar con la Unidad de Cuentas Corrientes, a través de los datos detallados en el apartado “Contacto”, donde recibirán las instrucciones oportunas.
Únicamente en caso de contingencia (imposibilidad puntual de envío por medios electrónicos) se admitirán formularios presentados en papel o ficheros presentados en formatos físicos, para lo cual deberán contactar previamente con la Unidad de Cuentas Corrientes, a través de los datos detallados en el apartado “Contacto”, donde recibirán las instrucciones oportunas de cómo proceder.
Solicitud de transferencias en euros para titulares de cuenta corriente en el Banco de España.
Servicios de pago, Solicitud de transferencias en euros, Titulares de cuenta corriente en Banco de España.
Banco de España
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Unidad de Cuentas Corrientes
Alcalá, 48
28014 Madrid
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