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Catálogo de trámites

Declaración de titulares y riesgos a la Central de Información de Riesgos (CIR)

Código del trámite: ES_BDE_C165_P306

Descripción del procesoMostrar contenidoDescripción del proceso

Las entidades declarantes a la CIR según la norma primera de la Circular 1/2013, de 24 de mayo del Banco de España, sobre la Central de Información de Riesgos, están obligadas a remitir mensualmente al Departamento de Información Financiera y CIR, información sobre los titulares y riesgos de crédito, operación por operación, que mantengan con sus clientes ya sean personas físicas o jurídicas.

La declaración es obligatoria e independiente de la situación de la operación.

La mayor parte de las operaciones a declarar son préstamos y créditos, pero también se incluyen riesgos que se materializan en otros instrumentos tales como valores representativos de deuda, garantías financieras, compromisos de préstamos y préstamos de valores. Las entidades españolas deben informar tanto de sus riesgos en España como de sus riesgos en el exterior (sucursales en el extranjero de entidades españolas). En cambio, los riesgos asumidos a través de sus filiales en el extranjero no se recogen en la CIR.

Público objetivoMostrar contenidoPúblico objetivo

Las entidades de crédito y otras entidades inscritas en los Registros oficiales del Banco de España, que se relacionan en la Norma primera de la Circular 1/2013, de 24 de mayo del Banco de España

Cómo iniciar el trámiteMostrar contenidoCómo iniciar el trámite

Electrónico:

Para proceder al envío de las declaraciones, la entidad remitente debe solicitar la adhesión al servicio CIRBE siguiendo el procedimiento descrito en la Adhesión a un servicio electrónico del Banco de España disponible en “Otra información de interés”.

La información debe remitirse siguiendo el procedimiento descrito en las Instrucciones técnicas para la declaración de la información accesibles en el apartado “Normativa relacionada”. 

Plazo de presentaciónMostrar contenidoPlazo de presentación

El plazo máximo de presentación de los módulos de datos que identifican a las personas, así como los datos básicos de las operaciones, es el día 5 del mes siguiente al que se refiera la declaración.

El plazo máximo de presentación de los datos dinámicos de las operaciones (es decir los que tienen frecuencia mensual o trimestral) es el día 10 del mes siguiente al que se refiera la declaración.

Palabras ClaveMostrar contenidoPalabras Clave

CIRBE, CIR, Declaraciones a la CIR, Declaración de titulares y riesgos, Declaración de préstamos y créditos

Contacto

UNIDAD DE INFORMACIÓN DE OPERACIONES

  • Dirección postal:

    Banco de España
    División de Microdatos
    Unidad de Información de Operaciones
    Alcalá 522
    28027 Madrid

UNIDAD DE INFORMACIÓN DE PERSONAS

  • Dirección postal:

    Banco de España
    División de CIR
    Alcalá 522
    28027 Madrid

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