ES_BDE_C528_P158
Declaraciones mensuales, trimestrales o anuales de las transacciones económicas y los saldos de activos y pasivos financieros con el exterior, de los residentes en España en base a los requerimientos de la Circular nº 4/2012, de 25 de abril.
Cualquier persona física o jurídica (pública o privada) residente en España, distinta de los proveedores de servicios de pago (entidades de crédito y entidades de pago) inscritos en los registros oficiales del Banco de España.
Las declaraciones deben remitirse a través de ITW en cualquiera de sus dos formatos PDF, XML comprimido en ZIP, o mediante la aplicación cliente web, cuya URL está accesible en el apartado tramitación. Esta aplicación sustituirá al formato PDF, que dejará de estar operativo a partir del mes de diciembre de 2024.
Para la cumplimentación del formulario se necesita tener instalado la última versión disponible del programa gratuito Acrobat Reader. Para conservar los cambios hay que guardar los PDF en el equipo antes de realizar el envío, con la opción "Guardar como".
En el caso de elaborar un archivo XML (ejemplos de archivo (4 KB)) y antes de que el declarante proceda a su envío, deben validarse contra los esquemas XML (Versión actualizada a octubre 2024) (12 KB) correspondientes.
Se contemplan dos tipos de formularios:
Para realizar los trámites de: envío de las declaraciones, consulta de su estado y de descarga de respuesta con el resultado de la depuración, es imprescindible tener instalado un certificado electrónico expedido por algún Prestador de Servicios de Certificación de los aceptados por el Banco de España para el intercambio de información (detallados en la Web oficial). Deben utilizarse los siguientes enlaces:
El Banco de España, conforme a lo establecido en el artículo 9º del Real Decreto 1816/1991, modificado por el Real Decreto 1360/2011, podrá exigir información más detallada de la operación declarada para el seguimiento fiscal, estadístico y administrativo de las operaciones.
Las unidades públicas cabecera que opten por declarar por vía telemática, en lugar de mediante el envío de un escrito, de sus empresas y organismos dependientes que no hayan tenido transacciones ni saldos exteriores en cada periodo de declaración, disponen para ello de un proceso electrónico. Los enlaces disponibles para su envío, descarga de respuesta y consulta del estado de las declaraciones son los mismos que los utilizados en el caso del ETE-001 Formulario para declarantes: personas jurídicas, incluidas unidades públicas, y personas físicas con operaciones y/o saldos (superiores a 50 millones de euros).
Esta información también puede enviarse tanto en el formulario PDF disponible para ello en esta misma página, como mediante un archivo XML que deberá ser validado contra los esquemas XML (12 KB) . Para poder cumplimentar los Formularios en PDF se necesita tener instalado la última versión disponible del programa gratuito Acrobat Reader.
Las Gestoras de Fondos de Inversión podrán remitir telemáticamente el Modelo B de las aplicaciones técnicas de la Circular 4/2012, a través del cual informan de los Fondos de Inversión de los que actúan como remitentes del formulario ETE, por vía telemática. Para ello disponen del siguiente proceso:
El formulario Petición de información declarada al Banco de España Circular 4/2012 permite recuperar la información declarada al BdE, que ha sido procesada como correcta, con la versión vigente del formulario ETE en la fecha de solicitud. Para ello se dispone del siguiente proceso:
Petición de información declarada al Banco de España (Circular 4/2012).
Dentro de los veinte días siguientes al fin de cada mes o trimestre, caso de las declaraciones con periodicidad mensual o trimestral, y entre el 1 y el 20 de enero de cada año para el caso de las declaraciones con periodicidad anual.
Activos financieros, Pasivos financieros, Transacciones económicas con el exterior.
Departamento de Estadística
División de Balanza de Pagos y Cuentas Financieras
Unidad de Declarantes Directos de Operaciones Exteriores
Apartado de correos 15
28080 Madrid
Consultas
Tlfno.(+34) 91 338 5469 / 5487
Lunes a Viernes (laborables en la Comunidad de Madrid) de 9h00 a 14h00
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Formulario de contacto
Lunes a Viernes (laborables en la Comunidad de Madrid), 24 horas