Administraciones

Reclamación contra una entidad por disconformidad con lo declarado a la Central de Información de Riesgos

Código del trámite

ES_BDE_C165_P60

Descripción del proceso

AVISO:

Desde el día 1 de septiembre de 2023, todos aquellos obligados a relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos (artículo 14.2 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) deben utilizar la sede electrónica del Banco de España para solicitar la rectificación/supresión de los datos declarados a la CIR.

Es decir, desde esa fecha deben utilizar obligatoriamente la sede electrónica:

  • Las personas jurídicas.
  • Las entidades sin personalidad jurídica.
  • Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
  • Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Si una persona física o jurídica considera que los datos declarados a la Central de Información de Riesgos (en adelante CIR) a su nombre son inexactos o incompletos podrá dirigirse directamente a la entidad o entidades declarantes requiriendo su rectificación o supresión, o solicitar al Banco de España que les haga llegar su reclamación.

Para que la CIR pueda tramitar una solicitud de rectificación/supresión de datos, el titular deberá identificar los datos que considera erróneos, así como justificar por escrito las razones y alcance de su petición. La CIR, al no ser la acreedora, no puede modificar los riesgos declarados por las entidades que son las responsables de su declaración y quienes, al resolver la reclamación, pueden atenderla y enviar a la CIR las correcciones necesarias o ratificarse en la información que enviaron a la CIR.

Público objetivo

Personas, físicas o jurídicas, que figuren como titulares de un riesgo declarado a la CIR y no estén conformes con su contenido.

Cómo iniciar el trámite

Electrónico:

Su uso es obligatorio para personas jurídicas y recomendable para personas físicas.

Para iniciar una reclamación vía web, debe acceder a la aplicación “Petición de informes y Reclamaciones CIR” disponible en el apartado “Tramitación”.

A. Requisitos de identificación

Es imprescindible disponer de firma digital o certificado electrónico emitido por Prestadores de Servicios de Certificación (PSC) admitidos por el Banco de España. Los certificados aceptados pueden consultarse en el apartado "Otra información de interés".

B. Requisitos para cumplimentar la reclamación
  • Descripción, lo más detallada posible, de los motivos de la reclamación.
  • Identificación de la operación u operaciones a las que se refiere la reclamación en los términos en los que aparece en su informe de riesgos.
  • Identificación del dato que, a su juicio, debería aparecer.
  • En su caso, documentación justificativa de la rectificación/supresión solicitada, que permita a la CIR determinar claramente el objeto de la reclamación.

Se están detectando anomalías en el uso de los certificados electrónicos. Es importante recordar que la identificación personal electrónica (firma digital o certificado electrónico) tiene la misma validez jurídica que la firma manuscrita, por lo que su cesión a terceras personas para que actúen en su nombre puede entrañar consecuencias y riesgos importantes para el titular.

Aspectos a tener en cuenta para las reclamaciones tramitadas vía electrónica:

  • Los fines de semana y festivos se puede iniciar la reclamación, si bien el inicio de su tramitación será a partir del primer día hábil siguiente a la fecha de solicitud.
  • El Banco de España, a través de la página web, informará al reclamante en un primer escrito si la reclamación ha sido aceptada o no, y si es necesario que aporte documentación justificativa de su solicitud.
  • Una vez que la Central de Información de Riesgos reciba la respuesta de la entidad a la reclamación la trasladará al reclamante a través de la página web.
  • Si fuera necesario aportar un escrito de reclamación o documentación justificativa de los hechos reclamados puede hacerlo utilizando la opción "Añadir" dentro del menú de la aplicación.

La documentación generada en la reclamación sólo se podrá descargar a través de la Oficina Virtual por el solicitante.

Para consultas técnicas sobre la aplicación, contactar con el Centro de Atención a Usuarios por medio de los datos disponibles en el apartado "contacto".

Para cuestiones sobre la reclamación iniciada por el titular de riesgos, puede contactar con la CIR por medio de los datos disponibles en el apartado “contacto”.

Presencial:

Sólo podrán hacer uso las personas físicas.

Entregar la reclamación usando el formulario disponible en el apartado “Tramitación” en las oficinas de la CIR que encontrará en la sede central del Banco de España o cualquiera de sus sucursales. Junto a la reclamación se deberá aportar la totalidad de la documentación que corresponda a su caso según se indica en el apartado "Documentación obligatoria".

En el apartado “Otra información de interés” se encuentra disponible la información sobre las sucursales del Banco de España.

Correo:

Sólo podrán hacer uso las personas físicas.

Enviar la reclamación usando el formulario disponible en el apartado "Tramitación" junto con la totalidad de la documentación que corresponda a su caso según se indica en el apartado "Documentación obligatoria". Toda la documentación se deberá remitir debidamente cumplimentada y firmada a:

Banco de España
Central de Información de Riesgos
C/ Alcalá, 48
28014 MADRID

Documentación obligatoria

Para tramitación presencial

A. Requisitos de identificación
  • Si la solicitud es realizada por el titular:
    • Original y fotocopia de su DNI, NIE, pasaporte u otro documento válido que le identifique. Datos completos del domicilio particular para el envío por el Banco de España de la correspondencia por correo certificado.
  • Si la solicitud es realizada por representante del titular:
    • Fotocopia por ambas caras del DNI, NIE, pasaporte u otro documento válido que identifique al titular;
    • Original y fotocopia por ambas caras del DNI u otro documento válido que identifique al representante del titular,
    • Original y copia del poder u otro documento público que acredite sus facultades de representación para este trámite.
    • En los supuestos de representación legal: deberá aportar original y copia de la documentación acreditativa de la misma (del libro de familia para pedir datos de los hijos menores de edad no emancipados, de la sentencia firme sobre medidas de apoyo para el ejercicio de la capacidad jurídica, etc).
    B. Requisitos para cumplimentar la reclamación
    • FDU-030 Formulario de Reclamación debidamente cumplimentado y firmado.
    • Identificación de la operación u operaciones a las que se refiere la reclamación en los términos en los que aparece en su informe de riesgos.
    • Identificación del dato que, a su juicio, debería aparecer.
    • En su caso, documentación justificativa de la rectificación/supresión solicitada, que permita a la CIR determinar claramente el objeto de la reclamación.

    Para tramitación por correo

    A. Requisitos de identificación (documentación obligatoria)
    • Si la solicitud es realizada por el titular:
      • Fotocopia de su DNI, NIE, pasaporte u otro documento válido que le identifique. Datos completos del domicilio particular para el envío por el Banco de España de la correspondencia por correo certificado.
    • Si la solicitud es realizada por representante del titular:
      • Fotocopia por ambas caras del DNI, NIE, pasaporte u otro documento válido que identifique al titular;
      • Fotocopia por ambas caras del DNI u otro documento válido que identifique al representante del titular,
      • Copia del poder u otro documento público que acredite sus facultades de representación para este trámite.
      • En los supuestos de representación legal: deberá aportar original y copia de la documentación acreditativa de la misma (del libro de familia para pedir datos de los hijos menores de edad no emancipados, de la sentencia firme sobre medidas de apoyo para el ejercicio de la capacidad jurídica, etc).

      B. Requisitos para cumplimentar la reclamación
      • FDU-030 Formulario de Reclamación debidamente cumplimentado y firmado.
      • Identificación de la operación u operaciones a las que se refiere la reclamación en los términos en los que aparece en su informe de riesgos.
      • Identificación del dato que, a su juicio, debería aparecer.
      • En su caso, documentación justificativa de la rectificación/supresión solicitada, que permita a la CIR determinar claramente el objeto de la reclamación.

      Órgano de resolución

      División de CIR, Accionistas y Sucursales.

      Plazo de resolución

      Las entidades deberán contestar al afectado y a la CIR en el plazo máximo de 15 días hábiles desde su recepción, para reclamaciones efectuadas por personas físicas. El plazo será de 20 días hábiles si el reclamante es una persona jurídica. El plazo se contará desde la fecha de recepción de la reclamación en la entidad.

      Palabras Clave

      Central de Información de Riesgos, CIR Central de Información de Riesgos, CIRBE Central de Información de Riesgos Banco de España, Reclamaciones sobre riesgos de los titulares.

      Contacto

      Central de Información de Riesgos

      • Dirección postal:

        Central de Información de Riesgos
        Alcalá 48
        28014 Madrid

      • Consultas

        Tlfno.(+34) 91 338 6166
        Formulario de contacto 

      Consultas informáticas

      Centro de atención usuarios (CAU)