Catálogo de trámites

Presentación de información estadística sobre pagos ES_BDE_C15J_P187

Descripción del proceso

Envío de estadísticas sobre pagos por los proveedores de servicios de pago (en adelante, PSP) y operadores de sistemas de pago, al Banco de España, en base a los requerimientos del Reglamento (UE) nº 1409/2013 del Banco Central Europeo (BCE), modificado por el Reglamento (UE) nº 2020/2011 de 1 de diciembre de 2020, sobre estadísticas de pago, que establece el marco para la recopilación de estadísticas relativas a pagos por el Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC). Este reglamento ha ampliado el alcance de la información estadística que debe enviarse al BCE, incluyendo diversa información adicional e integrando en el reporte de datos estadísticos de pago los datos de fraude contemplados en las directrices EBA/GL/2018/05.

Entre los nuevos requerimientos se incluye información sobre operaciones de pagos con tarjetas con desglose por código de categoría de comerciante y país que será de utilidad en la estimación del comercio digital transfronterizo.

Los PSP y operadores de sistemas de pago tienen la obligación de reportar la información conforme a los procedimientos establecidos por los Bancos Centrales Nacionales.

Público objetivo

Los PSP y los operadores de sistemas de pago establecidos en España.

Cómo iniciar el trámite

Electrónico:

PSP con operativa sujeta a declaración Trimestral, Semestral o Anual (Exención)

Para proceder al envío de la información estadística, las entidades remitentes declarantes deberán utilizar exclusivamente el canal de envío Internet-ITW, disponible en el apartado "Tramitación”.

La información se enviará en archivos XML (Archivo Trimestral, Semestral o Anual, según corresponda), comprimidos (“.ZIP” para cada archivo XML) que habrán sido elaborados conforme a las especificaciones detalladas en la Aplicación Técnica 1/2022 derivada de la Circular 2/2022 (disponibles en el apartado “Normativa relacionada”), y validados con el Esquema XSD correspondiente, (todos disponibles en el apartado “Tramitación” en versión comprimida):

  • “EPF_Common.xsd”
  • “EstadisticaTrimestral.xsd”
  • “EstadisticaSemestral.xsd”
  • “EstadisticaAnual.xsd”

En “Otra información de interés” se incluyen a modo de ejemplo archivos XML para el reporte del Archivo Trimestral, Semestral y Anual similares a los que deben enviar los PSP.

Personas físicas o jurídicas acogidas al régimen de Exención (reporte Anual), PSP sin actividad sujeta a declaración y PSP con actividad exclusivamente semestral

Para proceder al envío del formulario correspondiente, se deberá presentar la documentación necesaria a través del Registro Electrónico del Banco de España disponible en el apartado "Tramitación", dentro de los plazos estipulados en la Aplicación Técnica 1/2022 para cada caso concreto.

Para ello:

  1. Acceder al Registro Electrónico utilizando alguno de los sistemas de autenticación admitidos por el Banco de España.
  2. Seleccionar la opción "Rellenar formulario" y seguidamente elegir la opción según actuante.
  3. Cumplimentar los datos solicitados y, cuando proceda, adjuntar la documentación necesaria.
  4. Una vez rellenos todos los datos y adjuntada la documentación necesaria, pulsar el botón “Enviar”.
  5. El Registro Electrónico muestra una pantalla informando sobre el estado de la solicitud. En el caso de que el envío sea completado con éxito, se puede consultar el documento "Acuse de recibo". Opcionalmente se puede guardar y/o imprimir como justificante de la operación realizada.
  6. En cualquier momento, desde la opción “Consultar mis escritos presentados por Registro Electrónico”, se pueden consultar los envíos completados con éxito.

Para ampliar información se puede consultar la "Guía de requisitos e instrucciones de registro electrónico" disponible en el apartado "Otra información de interés".

Los Agregadores de información (AISP por sus siglas en inglés) inscritos en los registros oficiales del Banco de España como entidades prestadoras del servicio de información sobre cuentas.

Deberán comunicar mediante el documento “Formulario de comunicación número de clientes” disponible en el apartado "Tramitación", el número de clientes del PSP al final de cada período de reporte. Esta carta se enviará al Banco de España a la dirección de correo electrónico indicada en la Aplicación Técnica 1/2022, dentro de los plazos estipulados para la remisión de los ficheros semestrales.

Los Operadores de Sistemas de Pago

La remisión de la información estadística del Reglamento (UE) 1409/2013 referida a los sistemas que gestionan (Cuadros 7 y 8 del Anexo III) se realizará a través de un fichero Excel, de conformidad con el “Formulario de los operadores de sistemas de pago”, que se remitirá por correo electrónico al Banco de España, dentro de los plazos estipulados para la remisión de los ficheros semestrales, a la dirección de correo electrónico indicada en la Aplicación Técnica 1/2022.

Correo:

La tramitación por correo solo está disponible para el envío del formulario correspondiente por parte de las personas físicas o jurídicas acogidas al régimen de Exención (Anual), para los PSP sin actividad sujeta a declaración y los PSP con actividad exclusivamente semestral.

La documentación requerida en este proceso debe dirigirse a:

Banco de España
Departamento de Sistemas de Pago
División de Vigilancia y Supervisión de Pagos
c/Alcalá, 48
28014 Madrid

Presencial:

La tramitación presencial solo está disponible para el envío del formulario correspondiente por parte de personas físicas o jurídicas acogidas al régimen de Exención (Anual), para PSP sin actividad sujeta a declaración y los PSP con actividad exclusivamente semestral.

La documentación requerida en este proceso se puede presentar en el Registro General del Banco de España, calle Alcalá 48 de Madrid o en cualquiera de sus sucursales, dirigida a Departamento de Sistemas de Pago, División de Vigilancia y Supervisión de Pago. En el apartado “Otra información de Interés” se encuentra disponible el listado de sucursales.

 

Esta tabla resume cómo iniciar el trámite según el usuario y el tipo de tramitación.

Según el usuario y tipo de tramitación Cómo iniciar el trámite
Electrónico Correo postal Presencial
ITW Registro electrónico Correo-e

PSP con operativa sujeta a declaración Trimestral, Semestral o Anual (Exención)

       

Personas físicas o jurídicas acogidas al régimen de Exención (Anual),

PSP sin actividad sujeta a declaración y

PSP con actividad exclusivamente semestral (envío formulario correspondiente)

 
(Recomendado)
 

Agregadores de Información

       

Operadores de Sistemas de Pago

       

 

Documentación obligatoria

Para facilitar la tramitación se incluye una tabla resumen para identificar la documentación a aportar según el tipo de usuario.

Según el usuario y el tipo de tramitación Documentación a aportar según periodicidad
Trimestral Semestral Anual
PSP que declaran su operativa Información estadística en archivos XML (*) Información estadística en archivos XML (*) x
Personas físicas o jurídicas que solicitan la exención (según lo previsto en el artículo 14 del Real Decreto-ley 19/2018) x x

Formulario de solicitud de exención (**)


Información estadística en archivos XML (*)

PSP sin actividad sujeta a declaración Formulario de notificación de inactividad (**) x x
PSP con operativa exclusivamente semestral Formulario de notificación de actividad exclusivamente semestral (**) Información estadística en archivos XML (*) x
Agregadores de Información x Formulario de comunicación número de clientes (**) x
Operadores de Sistemas de pago x Formulario de los operadores de sistemas de pago (**) x

(*) Todos los archivos XML se deben enviar en formato ZIP y deben ser validados con el Esquema XSD correspondiente.

(**) Todos los formularios se encuentran disponibles en el apartado “Tramitación”. En el apartado “Otra información de interés” podrán encontrar vídeos explicativos para su cumplimentación.

 

Plazo de presentación

La fecha límite para el envío de datos será:

Archivo Trimestral:

  • Primer trimestre: no más tarde del último día hábil del mes de abril del ejercicio al que se refiera la información.
  • Segundo trimestre: no más tarde del último día hábil del mes de julio del ejercicio al que se refiera la información.
  • Tercer trimestre: no más tarde del último día hábil del mes de octubre del ejercicio al que se refiera la información.
  • Cuarto trimestre: no más tarde del último día hábil del mes de enero inmediatamente posterior a la finalización del cuarto trimestre al que se refiera la información.

Archivo Semestral:

  • Primer semestre: no más tarde del decimoquinto día del mes de septiembre siguiente al final del primer semestre al que se refiera la información.
  • Segundo semestre: no más tarde del decimoquinto día del mes de marzo siguiente al final del segundo semestre al que se refiera la información.

Archivo Anual:

No más tarde del decimoquinto día del mes de marzo siguiente al final del año al que se refiera la información.

Contacto

DEPARTAMENTO DE SISTEMAS DE PAGO

DIVISIÓN DE VIGILANCIA Y SUPERVISIÓN DE PAGOS
  • Dirección Postal:

    Banco de España
    Departamento de Sistemas de Pago
    División de Vigilancia y Supervisión de Pagos
    c/Alcalá, 48
    28014 Madrid

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    Tlfno.(+34) 91 338 6666
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    Lunes a Viernes (laborables en la Comunidad de Madrid) de 8:00 a 21:30

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