El Banco de España podrá autorizar que los datos propios de una entidad declarante a la CIR (entidad representada) sean remitidos por otra entidad declarante (entidad presentadora), en nombre y por cuenta suya, cuando lo justifiquen razones de organización administrativa de la entidad obligada a declarar .
Para ello, ambas entidades, presentadora y representada, deberán firmar un contrato de prestación de este servicio de intermediación que deberá ser aprobado por el Banco de España. Este contrato deberá incluir necesariamente las cláusulas que figuran en el documento “Cláusulas obligatorias del contrato” que figura en el apartado “Otra información de interés”.
Entidades declarantes a la Central de Información de Riesgos del Banco de España.
Presentar la documentación necesaria a través del Registro Electrónico del Banco de España disponible en el apartado "Tramitación".
Para ello:
Para ampliar información se puede consultar la "Guía de requisitos e instrucciones de registro electrónico" disponible en el apartado "Otra información de interés".
Tanto el escrito de solicitud de envío de datos de la CIR a través de otra entidad declarante como el contrato de prestación del servicio se pueden presentar en el Registro General del Banco de España o en cualquiera de sus sucursales, dirigidos al:
División de CIR y otros Microdatos - Unidad de Información de Operaciones.
En el apartado “Otra información de interés” existe información sobre las sucursales del Banco de España.
La documentación requerida en este proceso debe dirigirse a:
Banco de España
División de CIR y otros Microdatos
C/ Alcalá, 522
28027 Madrid
Contrato de prestación del servicio de intermediación o documento de adhesión a contrato marco.
Escrito de solicitud de envío de datos de la CIR a través de otra entidad declarante.
Banco de España
División de CIR y otros Microdatos
Alcalá 522
28027 Madrid