Instituciones financieras

Apertura de oficinas de representación, cierre y modificaciones posteriores en el extranjero

Código del trámite

ES_BDE_C056_P230

Descripción del proceso

Las entidades de crédito que pretendan abrir una oficina de representación en el extranjero, antes de la solicitud a la autoridad nacional competente de acogida, deberán comunicarlo al Banco de España especificando las actividades a realizar, así como el nombre e historial de la persona física que se vaya a hacer cargo de la oficina. También comunicarán su apertura una vez llevada a cabo. Igualmente se notificarán los cambios posteriores de domicilio de la oficina, del ámbito de sus actividades o de la persona encargada así como de su cierre.

El Banco de España acusará recibo de todas las comunicaciones.

Público objetivo

Entidades de crédito españolas bajo la supervisión del Banco de España, así como aquellas obligadas por la legislación vigente.

Cómo iniciar el trámite

Presencial:

La solicitud puede presentarse en el Registro General del Banco de España en la calle Alcalá, 48, de Madrid, o en cualquiera de sus sucursales, dirigida a la Dirección General de Supervisión.

En el apartado “Otra información de interés” se encuentra disponible el listado de sucursales.

Correo:

La solicitud puede remitirse por correo postal a:

Banco de España
Dirección General de Supervisión
C/ Alcalá, 48
28014 Madrid

Electrónico:

La solicitud puede presentarse a través del Registro Electrónico del Banco de España disponible en el apartado "Tramitación".

Para ello:

  1. Acceder al Registro Electrónico utilizando alguno de los sistemas de autenticación admitidos por el Banco de España.
  2. Seleccionar la opción "Rellenar formulario" y seguidamente elegir la opción según actuante.
  3. Cumplimentar los datos solicitados y, cuando proceda, adjuntar la documentación necesaria.
  4. Una vez rellenos todos los datos y adjuntada la documentación necesaria, pulsar el botón “Enviar”.
  5. El Registro Electrónico muestra una pantalla informando sobre el estado de la solicitud. En el caso de que el envío sea completado con éxito, se puede consultar el documento "Acuse de recibo". Opcionalmente se puede guardar y/o imprimir como justificante de la operación realizada.
  6. En cualquier momento, desde la opción “Consultar mis escritos presentados por Registro Electrónico”, se pueden consultar los envíos completados con éxito.

Para ampliar información se puede consultar la "Guía de requisitos  e instrucciones de registro electrónico" disponible en el apartado "Otra información de interés".

Documentación obligatoria

Comunicación indicando las actividades que se pretenden realizar, el domicilio de la oficina y el nombre e historial de la persona física que se haga cargo de la misma. Así como la fecha efectiva de apertura, de cierre o de la modificación que se realice.

Otra documentación

El Banco de España podrá requerir a la entidad solicitante los datos adicionales que considere necesarios.

Plazo de presentación

Tan pronto como se produzca y en todo caso en el plazo de los quince días naturales siguientes a la fecha efectiva de apertura, de cierre o de modificación de los datos previamente facilitados de la oficina de representación.

Palabras Clave

Apertura de oficinas de representación.

Contacto

Dirección General de Supervisión

  • Dirección postal:

    Banco de España
    Dirección General de Supervisión
    C/ Alcalá, 48
    28014 Madrid

  • Consultas

    Formulario de contacto 

Tramitación