Se necesita autorización del Banco de España para:
Entidades de crédito españolas bajo la supervisión del Banco de España, así como aquellas obligadas por la legislación vigente.
La solicitud puede presentarse en el Registro General del Banco de España en la calle Alcalá, 48, de Madrid, o en cualquiera de sus sucursales, dirigida a la Dirección General de Supervisión.
En el apartado “Otra información de interés” se encuentra disponible el listado de sucursales.
La solicitud puede remitirse por correo postal a:
Banco de España
Dirección General de Supervisión
C/ Alcalá, 48
28014 Madrid
La solicitud puede presentarse a través del Registro Electrónico del Banco de España disponible en el apartado "Tramitación".
Para ello:
Dispone de las instrucciones para el envío de documentación por Registro Electrónico en el apartado "Otra información de interés".
La solicitud de autorización que se presente deberá estar acompañada al menos de:
Cuando se vaya a adquirir una participación significativa, se deberá presentar la información señalada en el apartado anterior si bien la prevista en los números 2 a 5 se podrá limitar a aquellos datos que tengan un carácter público.
También se indicará el plazo previsto para la realización de la inversión, las cuentas anuales de los dos últimos ejercicios de la entidad participada y, en su caso, los derechos de la entidad en orden a designar representantes en los órganos de administración y dirección de aquélla.
El Banco de España podrá solicitar toda aquella información adicional que considere necesaria para evaluar la autorización propuesta.
Banco de España.
Tres meses.
Banco de España
Dirección General de Supervisión
C/ Alcalá, 48
28014 Madrid
De lunes a viernes, de 8.30 a 17.00 h (excepto festivos en Madrid capital)