Instituciones financieras

Cambio de condiciones de apertura o cierre de sucursales de ECA y de EFC en otros Estados

Código del trámite

ES_BDE_C056_P119

Descripción del proceso

Comunicación al Banco de España del cierre o de los cambios en las condiciones de apertura en las sucursales de las entidades de crédito establecidas en Estados no miembros de la UE y de las sucursales de los establecimientos financieros de crédito establecidas en otro Estado (sea o no miembro de la UE), en concreto:

  1. Modificación del programa de actividades que vienen desarrollando.
  2. Cambio de domicilio.
  3. Cambio de los directivos responsables de la sucursal.

Público objetivo

Entidades de crédito españolas bajo la supervisión del Banco de España, establecimientos financieros de crédito, así como aquellas obligadas por la legislación vigente.

Cómo iniciar el trámite

Presencial:

La solicitud puede presentarse en el Registro General del Banco de España en la calle Alcalá, 48, de Madrid, o en cualquiera de sus sucursales, dirigida a la Dirección General de Supervisión.

En el apartado “Otra información de interés” se encuentra disponible el listado de sucursales.

Correo:

Banco de España
Dirección General de Supervisión
C/ Alcalá, 48
28014 Madrid

Electrónico:

La solicitud puede presentarse a través del Registro Electrónico del Banco de España disponible en el apartado "Tramitación".

Para ello:

  1. Acceder al Registro Electrónico utilizando alguno de los sistemas de autenticación admitidos por el Banco de España.
  2. Seleccionar la opción "Rellenar formulario" y seguidamente elegir la opción según actuante.
  3. Cumplimentar los datos solicitados y, cuando proceda, adjuntar la documentación necesaria.
  4. Una vez rellenos todos los datos y adjuntada la documentación necesaria, pulsar el botón “Enviar”.
  5. El Registro Electrónico muestra una pantalla informando sobre el estado de la solicitud. En el caso de que el envío sea completado con éxito, se puede consultar el documento "Acuse de recibo". Opcionalmente se puede guardar y/o imprimir como justificante de la operación realizada.
  6. En cualquier momento, desde la opción “Consultar mis escritos presentados por Registro Electrónico”, se pueden consultar los envíos completados con éxito.

Para ampliar información se puede consultar la "Guía de requisitos e instrucciones de registro electrónico" disponible en el apartado "Otra información de interés".

Documentación obligatoria

La comunicación deberá contener la siguiente información y/o acompañarse de la siguiente documentación:

  1. Si hay modificación del programa de actividades: Relación actualizada de actividades que pretende llevar a cabo.
  2. Si hay cambios de los directivos: Nombre e historial de los directivos responsables.

Otra documentación

El Banco de España podrá requerir la información/documentación adicional que considere necesaria para evaluar la información presentada.

Plazo de presentación

Al menos un mes antes de efectuar el cambio de condición o cierre. Así mismo, deberán comunicar la fecha efectiva de cierre en el plazo de quince días naturales desde que se produzca.

Órgano de resolución

Dirección General de Supervisión.

Plazo de resolución

Un mes.

Palabras Clave

Actividad transfronteriza, Apertura de sucursales en el extranjero, Condiciones de apertura de sucursales.

Contacto

Dirección General de Supervisión

  • Dirección postal:

    Banco de España
    Dirección General de Supervisión
    C/ Alcalá, 48
    28014 Madrid

  • Consultas

    Formulario de contacto 

Tramitación