Comunicación de las entidades de crédito (bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito) de su adhesión a las “cláusulas generales aplicables al servicio de caja ordinario del Banco de España para los billetes y monedas en euros” para recibir la prestación del servicio de caja ordinario que realiza el Banco de España. Esta adhesión compromete a las entidades a remitir al Banco de España información estadística relativa al tratamiento y a la expedición de billetes y monedas, y a realizar determinados controles sobre la legitimidad y estado de uso de los billetes y monedas que ponen en circulación, bien sea en su nombre o por medio de terceros; asimismo supone una serie de ventajas en el servicio de caja ordinario.
Aquellas entidades que no se adhieran a dichas cláusulas dispondrán del servicio de caja básico.
Bancos, Cajas de Ahorros y Cooperativas de Crédito.
Presentando la solicitud de adhesión disponible en el apartado “Tramitación” junto con la documentación obligatoria en el Departamento de Emisión y Caja (C/ Alcalá 48, Madrid) o cualquiera de las Sucursales del Banco de España.
En el apartado “Otra información de interés" se encuentra disponible información sobre las sucursales del Banco de España.
Enviando la solicitud de adhesión disponible en el apartado “Tramitación”, junto con el resto de documentación obligatoria a la dirección postal que aparece en el apartado “Contacto”.
Departamento de Emisión y Caja.
Banco de España
Departamento de Emisión y Caja
C/ Alcalá, 48
28014 Madrid
Consultas:
Tlfno.91 338 5999
Formulario de contacto