Las personas jurídicas, y demás sujetos obligados, en virtud del artículo 14, apartados 2 y 3, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán presentar su notificación mediante Registro Electrónico.
El Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera (“RDL 19/2018”) excluye del ámbito de su aplicación determinadas actividades. Entre ellas:
Las entidades que desarrollen estas actividades deberán presentar una notificación en el Banco de España en base a lo dispuesto en el artículo 6 del RDL 19/2018, acreditando el cumplimiento de los requisitos establecidos para ser excluidos de la aplicación del Real Decreto-Ley teniendo en cuenta lo dispuesto en esa norma, en el Real Decreto 736/2019 que lo desarrolla y en las Directrices EBA/GL/2022/02, en su caso.
Es conveniente que, antes de presentar la notificación, mantenga una reunión para resolver dudas sobre el trámite. Puede ponerse en contacto con nosotros a través del enlace que figura en el apartado “Contacto”.
Entidades que ejerzan alguna de las actividades contempladas en el artículo 4, letra k) incisos 1º o 2º o letra l) del RDL 19/2018.
La documentación necesaria puede presentarse a través del Registro Electrónico del Banco de España disponible en el apartado "Tramitación".
Para ello:
Para ampliar información se puede consultar la "Guía de requisitos e instrucciones de registro electrónico" disponible en el apartado "Otra información de interés".
La documentación necesaria puede presentarse en el Registro General del Banco de España, calle Alcalá 48 de Madrid o en cualquiera de sus sucursales, dirigida a Vicesecretaría General – División de Autorizaciones.
En el apartado “Otra información de interés” se encuentra disponible el listado de sucursales.
La documentación necesaria puede remitirse por correo postal a:
Banco de España
Vicesecretaría General
División de Autorizaciones
C/ Alcalá, 48
28014 Madrid
Se deberá completar el formulario correspondiente disponible en el apartado “Tramitación”, adjuntando la documentación que se señala en el mismo.
En todo caso, cabrá exigir a los notificantes cuantos datos, informes o antecedentes se consideren oportunos para verificar el cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en la normativa aplicable.
Comisión Ejecutiva / Vicesecretario General.
Banco de España
Vicesecretaría General
División de Autorizaciones
C/ Alcalá, 48
28014 Madrid
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