Los titulares deberán comunicar, para su registro, las modificaciones contempladas en la Circular del Banco de España 6/2001 (modificada por la Circular 3/2009), relativas a:
Los titulares que soliciten el cese en el ejercicio de cambio de moneda, consecuentemente, estarán solicitando la renuncia como titulares de establecimiento de cambio de moneda, como actividad complementaria o como actividad principal.
Personas físicas y personas jurídicas titulares de establecimientos de cambio de moneda.
Presentar la documentación requerida en el Registro General en la sede central del Banco de España o en cualquiera de sus sucursales, dirigida a la Vicesecretaría General - División de Registro de Entidades.
En el apartado "Otra información de Interés" se encuentra disponible el listado de sucursales.
Enviar la documentación requerida a:
Banco de España
Vicesecretaría General
División de Registro de Entidades
C/ Alcalá, 48
28014 Madrid
Presentar la documentación necesaria a través del Registro Electrónico del Banco de España disponible en el apartado "Tramitación".
Para ello:
Para ampliar información se puede consultar la "Guía de requisitos e instrucciones de registro electrónico" disponible en el apartado "Otra información de interés".
Para la solicitud de inscripción de modificaciones, la documentación a aportar será:
En el supuesto de solicitud de renuncia como titular de establecimiento de cambio de moneda, la documentación a aportar será:
Vicesecretaría General.
Banco de España
Vicesecretaría General
División de Registro de Entidades
C/ Alcalá, 48
28014 Madrid