Administraciones

Informe previo a la renuncia para operar como establecimiento financiero de crédito

Código del trámite

ES_BDE_C056_P245

Descripción del proceso

La renuncia a la autorización concedida para ser establecimiento financiero de crédito debe ser comunicada por el establecimiento de crédito al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, que la aceptará expresamente dentro de los dos meses siguientes a su recepción en la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, previo informe favorable del Banco de España.

En el caso de que el Banco de España informe motivadamente que existen razones fundadas para considerar que la cesación de actividad del establecimiento financiero de crédito puede ocasionar riesgos graves a la estabilidad financiera, el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa podrá denegar dicha renuncia mediante resolución motivada.

Público objetivo

Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.

Cómo iniciar el trámite

Presencial:

La solicitud puede presentarse en el Registro General del Banco de España en la calle Alcalá, 48, de Madrid, o en cualquiera de sus sucursales, dirigida a la Dirección General de Supervisión.

En el apartado “Otra información de interés” se encuentra disponible el listado de sucursales.

Correo:

La solicitud puede remitirse por correo postal a:

Banco de España
Dirección General de Supervisión
C/ Alcalá, 48
28014 Madrid

Electrónico:

La solicitud puede presentarse a través del Registro Electrónico del Banco de España disponible en el apartado "Tramitación". 

Para ello:

  1. Acceder al Registro Electrónico utilizando alguno de los sistemas de autenticación admitidos por el Banco de España.
  2. Seleccionar la opción "Rellenar formulario" y seguidamente elegir la opción según actuante.
  3. Cumplimentar los datos solicitados y, cuando proceda, adjuntar la documentación necesaria.
  4. Una vez rellenos todos los datos y adjuntada la documentación necesaria, pulsar el botón "Enviar".
  5. El Registro Electrónico muestra una pantalla informando sobre el estado de la solicitud. En el caso de que el envío sea completado con éxito, se puede consultar el documento "Acuse de recibo". Opcionalmente se puede guardar y/o imprimir como justificante de la operación realizada.
  6. En cualquier momento, desde la opción "Consultar mis escritos presentados por Registro Electrónico", se pueden consultar los envíos completados con éxito.

Para ampliar información se puede consultar la "Guía de requisitos e instrucciones de registro electrónico" disponible en el apartado "Otra información de interés".

Documentación obligatoria

  • Escrito de solicitud de informe al Banco de España.
  • Documentación obligatoria presentada por la entidad:
    • Certificación de la Junta de Accionistas o Asamblea General y del Consejo Administración.
    • Plan de cesación de la actividad.

Otra documentación

El Banco de España podrá requerir la información y/o documentación adicional que considere necesaria para evaluar la solicitud presentada.

Plazo de presentación

No hay plazo

Órgano de resolución

La Dirección General de Supervisión, por delegación.

Plazo de resolución

Tres meses desde que se reciba la solicitud.

Palabras Clave

Renuncia de establecimientos financieros de crédito.

Contacto

Dirección General de Supervisión

  • Dirección postal:

    Banco de España
    Dirección General de Supervisión
    C/ Alcalá, 48
    28014 Madrid

  • Consultas

    Formulario de contacto 

Tramitación