Ciudadanos

Reclamación contra una entidad por disconformidad con lo declarado a la Central de Información de Riesgos ES_BDE_C165_P60

Descripción del proceso

Si una persona física o jurídica considera que los datos declarados a la Central de Información de Riesgos (en adelante CIR) a su nombre son inexactos o incompletos podrá dirigirse directamente a la entidad o entidades declarantes requiriendo su rectificación o cancelación, o solicitar al Banco de España que les haga llegar su reclamación.

Para que la CIR pueda tramitar una reclamación, el titular deberá identificar los datos que considera erróneos, así como justificar por escrito las razones y alcance de su petición. La CIR, al no ser la acreedora, no puede modificar los riesgos declarados por las entidades que son las responsables de su declaración y quienes, al resolver la reclamación, pueden atenderla y enviar a la CIR las correcciones necesarias o ratificarse en la información que enviaron a la CIR.

Público objetivo

Personas, físicas o jurídicas, que figuren como titulares de un riesgo declarado a la CIR y no estén conformes con su contenido.

Cómo iniciar el trámite

Electrónico:

Para iniciar una reclamación vía web, debe acceder a la aplicación “Petición de informes y Reclamaciones CIR” disponible en el apartado “Tramitación”.

A. Requisitos de identificación

Es imprescindible disponer de firma digital o certificado electrónico emitido por Prestadores de Servicios de Certificación (PSC) admitidos por el Banco de España. Los certificados aceptados pueden consultarse en el apartado "Otra información de interés".

B. Requisitos para cumplimentar la reclamación
  • Descripción, lo más detallada posible, de los motivos de la reclamación.
  • Identificación de la operación u operaciones a las que se refiere la reclamación en los términos en los que aparece en su informe de riesgos.
  • Identificación del dato que, a su juicio, debería aparecer.
  • En su caso, documentación justificativa de la rectificación/cancelación solicitada, que permita a la CIR determinar claramente el objeto de la reclamación.

Se están detectando anomalías en el uso de los certificados electrónicos. Es importante recordar que la identificación personal electrónica (firma digital o certificado electrónico) tiene la misma validez jurídica que la firma manuscrita, por lo que su cesión a terceras personas para que actúen en su nombre puede entrañar consecuencias y riesgos importantes para el titular.

Aspectos a tener en cuenta para las reclamaciones tramitadas vía electrónica:

  • Los fines de semana y festivos se puede iniciar la reclamación, si bien el inicio de su tramitación será a partir del primer día hábil siguiente a la fecha de solicitud.
  • El Banco de España, a través de la página web, informará al reclamante en un primer escrito si la reclamación ha sido aceptada o no, y si es necesario que aporte documentación justificativa de su solicitud.
  • Una vez que la Central de Información de Riesgos reciba la respuesta de la entidad a la reclamación la trasladará al reclamante a través de la página web.
  • Si fuera necesario aportar un escrito de reclamación o documentación justificativa de los hechos reclamados puede hacerlo utilizando la opción "Añadir" dentro del menú de la aplicación.

La documentación generada en la reclamación sólo se podrá descargar a través de la Oficina Virtual por el solicitante.

Para consultas técnicas sobre la aplicación, contactar con el Centro de Atención a Usuarios por medio de los datos disponibles en el apartado "contacto".

Para cuestiones sobre la reclamación iniciada por el titular de riesgos, puede contactar con la CIR por medio de los datos disponibles en el apartado “contacto”.

Presencial:

Entregar la reclamación usando el formulario disponible en el apartado “Tramitación” en las oficinas de la CIR que encontrará en la sede central del Banco de España o cualquiera de sus sucursales. Junto a la reclamación se deberá aportar la totalidad de la documentación que corresponda a su caso según se indica en el apartado "Documentación obligatoria".

En el apartado “Otra información de interés” se encuentra disponible la información sobre las sucursales del Banco de España.

Correo:

Enviar la reclamación usando el formulario disponible en el apartado "Tramitación" junto con la totalidad de la documentación que corresponda a su caso según se indica en el apartado "Documentación obligatoria". Toda la documentación se deberá remitir debidamente cumplimentada y firmada a:

Banco de España
Central de Información de Riesgos
C/ Alcalá, 48
28014 MADRID

Documentación obligatoria

Para tramitación presencial

A. Requisitos de identificación
Personas físicas:
  • Si la solicitud es realizada por el titular:
    • Original y fotocopia de su DNI, NIE, pasaporte u otro documento válido que le identifique. Datos completos del domicilio particular para el envío por el Banco de España de la correspondencia por correo certificado.
  • Si la solicitud es realizada por representante del titular:
    • Fotocopia por ambas caras del DNI, NIE, pasaporte u otro documento válido que identifique al titular;
    • Original y fotocopia por ambas caras del DNI u otro documento válido que identifique al representante del titular,
    • Original y copia del poder u otro documento público que acredite sus facultades de representación para este trámite.
    • En los supuestos de representación legal: deberá aportar original y copia de la documentación acreditativa de la misma (del libro de familia para pedir datos de los hijos menores de edad no emancipados, copia de la sentencia firme de declaración de incapacidad, etc.).
Personas jurídicas:
  • Original y copia del DNI del representante de la persona jurídica.
  • Original del poder o documento acreditativo de la representación.
  • Cuando se aporte una escritura de nombramiento de administradores de sociedades mercantiles o apoderados generales deberá constar su inscripción en el Registro Mercantil o, en su caso, en el registro que corresponda.
B. Requisitos para cumplimentar la reclamación
  • Formulario de reclamación debidamente cumplimentado y firmado.
  • Identificación de la operación u operaciones a las que se refiere la reclamación en los términos en los que aparece en su informe de riesgos.
  • Identificación del dato que, a su juicio, debería aparecer.
  • En su caso, documentación justificativa de la rectificación/cancelación solicitada, que permita a la CIR determinar claramente el objeto de la reclamación.

Para tramitación por correo

A. Requisitos de identificación (documentación obligatoria)
Personas físicas:
  • Si la solicitud es realizada por el titular:
    • Fotocopia de su DNI, NIE, pasaporte u otro documento válido que le identifique. Datos completos del domicilio particular para el envío por el Banco de España de la correspondencia por correo certificado.
  • Si la solicitud es realizada por representante del titular:
    • Fotocopia por ambas caras del DNI, NIE, pasaporte u otro documento válido que identifique al titular;
    • Fotocopia por ambas caras del DNI u otro documento válido que identifique al representante del titular,
    • Copia del poder u otro documento público que acredite sus facultades de representación para este trámite.
    • En los supuestos de representación legal: deberá aportar copia de la documentación acreditativa de la misma (del libro de familia para pedir datos de los hijos menores de edad no emancipados, copia de la sentencia firme de declaración de incapacidad, etc.).
Personas jurídicas:
  • Copia del DNI del representante de la persona jurídica.
  • Copia del poder o documento acreditativo de la representación.
  • Cuando se aporte una escritura de nombramiento de administradores de sociedades mercantiles o apoderados generales deberá constar su inscripción en el Registro Mercantil o, en su caso, en el registro que corresponda.
B. Requisitos para cumplimentar la reclamación
  • Formulario de reclamación debidamente cumplimentado y firmado.
  • Identificación de la operación u operaciones a las que se refiere la reclamación en los términos en los que aparece en su informe de riesgos.
  • Identificación del dato que, a su juicio, debería aparecer.
  • En su caso, documentación justificativa de la rectificación/cancelación solicitada, que permita a la CIR determinar claramente el objeto de la reclamación.

Órgano de resolución

División de CIR, Accionistas y Sucursales.

Plazo de resolución

Las entidades deberán contestar a la CIR en el plazo máximo de 15 días hábiles desde su recepción, para reclamaciones efectuadas por personas físicas. El plazo será de 20 días hábiles si el reclamante es una persona jurídica. El plazo se contará desde la fecha de recepción de la reclamación en la entidad.

Contacto

Central de Información de Riesgos

  • Dirección Postal:

    Central de Información de Riesgos
    Alcalá 48
    28014 Madrid

  • Consultas:

    Tlfno.(+34) 91 338 6166
    Formulario de contacto 

Consultas informáticas

Centro de atención usuarios (CAU)