Instituciones financieras

Solicitud de renuncia para operar como establecimiento financiero de crédito

Código del trámite

ES_BDE_C056_P242

Descripción del proceso

La renuncia a la autorización concedida para ser establecimiento financiero de crédito debe ser comunicada por el establecimiento de crédito al Banco de España, que la aceptará expresamente a menos que existan razones fundadas para considerar que la cesación de actividad puede ocasionar riesgos graves a la estabilidad financiera.

Aviso: Proceso en Vigor hasta el 30 de Junio de 2020.

Público objetivo

Establecimientos financieros de crédito españoles.

Cómo iniciar el trámite

Presencial:

La solicitud puede presentarse en el Registro General del Banco de España en la calle Alcalá, 48, de Madrid, o en cualquiera de sus sucursales, dirigida a la Dirección General de Supervisión.

En el apartado “Otra información de interés” se encuentra disponible el listado de sucursales.

Correo:

La solicitud puede remitirse por correo postal a:

Banco de España
Dirección General de Supervisión
C/ Alcalá, 48
28014 Madrid

Electrónico:

La solicitud puede presentarse a través del Registro Electrónico del Banco de España disponible en el apartado "Tramitación".

Para ello:

  1. Acceder al Registro Electrónico utilizando alguno de los sistemas de autenticación admitidos por el Banco de España.
  2. Seleccionar la opción "Rellenar formulario" y seguidamente elegir la opción según actuante.
  3. Cumplimentar los datos solicitados y, cuando proceda, adjuntar la documentación necesaria.
  4. Una vez rellenos todos los datos y adjuntada la documentación necesaria, pulsar el botón “Enviar”.
  5. El Registro Electrónico muestra una pantalla informando sobre el estado de la solicitud. En el caso de que el envío sea completado con éxito, se puede consultar el documento "Acuse de recibo". Opcionalmente se puede guardar y/o imprimir como justificante de la operación realizada.
  6. En cualquier momento, desde la opción “Consultar mis escritos presentados por Registro Electrónico”, se pueden consultar los envíos completados con éxito.

Para ampliar información se puede consultar la "Guía de requisitos e instrucciones de registro electrónico" disponible en el apartado "Otra información de interés".

Documentación obligatoria

La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:

  • Certificación de la Junta de Accionistas o Asamblea General y del Consejo Administración.
  • Plan de cesación de la actividad.

Plazo de presentación

No hay plazo.

Órgano de resolución

Comisión Ejecutiva del Banco de España.

Plazo de resolución

Tres meses desde que se reciba la comunicación.

Palabras Clave

Renuncia de establecimientos financieros de crédito, Cese de actividad de establecimientos financieros de crédito, Supervisión de establecimientos financieros de crédito.