Instituciones financieras

Comunicación de posibles infracciones de la normativa de ordenación y disciplina ES_BDE_C797_P272

Descripción del proceso

Podrá utilizar este proceso para comunicar una posible infracción de la normativa de ordenación y disciplina realizada por una entidad supervisada por el Banco de España. Esta comunicación se hará a través del canal externo de denuncias de esta institución.

También se podrá utilizar este canal si se sospecha que una entidad realiza actividades legalmente reservadas o utiliza denominaciones propias de las entidades sometidas a las funciones y competencias del Banco de España sin haber obtenido autorización para ello o sin constar inscrita en los preceptivos registros.

El canal externo de denuncias del Banco de España no es el cauce adecuado para comunicar ni gestionar lo siguiente:

Puede comunicar presuntos incumplimientos por parte de las entidades de crédito supervisadas por el Banco Central EuropeoAbre en nueva ventana (las denominadas «entidades significativas») a través del canal específico del citado organismo, disponible en este enlaceAbre en nueva ventana. El listado de las consideradas “entidades de crédito significativas” puede consultarse en el apartado “Otra información de interés”.

Anonimato y garantías de confidencialidad

El canal externo de denuncias del Banco de España permite que los informantes envíen sus comunicaciones de posibles infracciones de forma anónima o facilitando sus datos de contacto.

Las comunicaciones recibidas serán tratadas de manera confidencial, garantizándose en particular la confidencialidad de la identidad del comunicante, así como de la información comunicada. Cualquier traslado o transmisión de la información contenida en la comunicación, dentro o fuera del Banco de España, se realizará sin revelar, directa o indirectamente, los datos personales del comunicante, ni de las personas incluidas en la comunicación. Se exceptuarán de lo anterior, los casos legalmente previstos, los supuestos en los que el conocimiento de los datos personales del informante y/o de las personas incluidas en la comunicación resulten necesarios para comprobar y analizar los hechos comunicados, y la comunicación de datos al Banco Central Europeo si el informante presta su consentimiento.

Cualquier tratamiento de los datos personales contenidos en la comunicación se realizará de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente sobre protección de datos de carácter personal.

Protección en el ámbito laboral y contractual

De conformidad con lo previsto en el artículo 122 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, la comunicación de una posible infracción de las obligaciones en materia de supervisión prudencial de entidades de crédito:

  • No constituirá violación o incumplimiento de las restricciones sobre divulgación de la información impuestas por vía contractual o por cualquier disposición legal reglamentaria o administrativa que pudieran afectar al comunicante, a las personas estrechamente vinculadas con ésta, a las sociedades que administre o de las que sea titular real.
  • No constituirá infracción de ningún tipo en el ámbito de la normativa laboral por parte del comunicante, ni de ella podrá derivar trato injusto o discriminatorio por parte del empleador.
  • No generará ningún derecho de compensación o indemnización a favor de la empresa a la que presta servicios el comunicante o de un tercero, aun cuando se hubiere pactado la obligación de comunicación previa a dicha empresa o a un tercero.

Público objetivo

Cualquier persona física o jurídica.

Cómo iniciar el trámite

Canal externo de denuncias:

Los informantes podrán enviar sus comunicaciones de posibles infracciones de forma anónima o facilitando sus datos de contacto a través del canal externo de denuncias del Banco de España, disponible en el apartado "Tramitación".

Documentación obligatoria

Las comunicaciones de posibles infracciones han de formularse de buena fe y estar debidamente motivadas. Se recomienda adjuntar, a través del canal externo de denuncias del Banco de España, los documentos que respalden los hechos comunicados.

Otra documentación

Cualquier otra documentación acreditativa de la presunta infracción objeto de comunicación.

Plazo de presentación

N/A

Órgano de resolución

Dirección General, Dirección General Adjunta competente o Comisión Ejecutiva

Contacto

Vicesecretaría General División de Gobernanza y Transparencia

  • Dirección postal:

    Banco de España
    Vicesecretaría General. División de Gobernanza y Transparencia
    C/ Alcalá, 48
    28014 Madrid

  • Consultas

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